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México

Gastan mexicanos en protección 52 mil millones de pesos

El costo estimado de la inseguridad y el delito en el país durante 2011 fue de 211.9 mil millones de pesos, lo que representa 1.38% del Producto Interno Bruto (PIB), informó el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).

Al presentar los resultados de la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública 2012 (Envipe), el INEGI reveló que la delincuencia llevó a los mexicanos a gastar 52 mil 400 millones de pesos para protegerse.

Los datos obtenidos entre el 5 de marzo y el 30 de abril de 2012 indican que 71.1% de la población reportó pérdidas económicas a consecuencia de los delitos, lo que llevó a 24.8% a implementar medidas de seguridad y 4.2% a costear gastos en salud.

Entre las medidas realizadas por los habitantes para mejorar su seguridad están: cambiar o colocar cerraduras o candados, poner puertas o ventanas, colocar rejas o bardas, realizar acciones conjuntas con sus vecinos o comprar un perro guardián.

De acuerdo con los resultados de la Envipe 2012, que no considera delitos como delincuencia organizada, narcotráfico, portación de armas exclusivas del Ejército, ni tráfico de indocumentados, el principal delito cometido fue el robo o asalto en la calle o el transporte público con 28.9% de las respuestas.

Este dato es mayor que un año atrás (24.2%).

El segundo delito más frecuente fue la extorsión, con 19.6% de las respuestas, dato inferior al de 23.7% de la encuesta del año pasado.

El tercer delito más recurrente fue el robo parcial o total de vehículos, con 14% de los casos, cifra mayor a la de 12.1% de la Envipe 2011.

En cuarto lugar se situó el fraude, con 8.6%, casi sin cambios respecto al año pasado, que registró 8.7%.

Persiste “cifra negra” de ilícitos

La Envipe de este año estima que 57.5% de la población de 18 años y más considera la inseguridad y la delincuencia como los problemas más importantes que aquejan hoy en día en su entidad federativa, seguidos del desempleo, con 49.3% de las respuestas, y la pobreza, con 34.0%.

Los datos obtenidos en este ejercicio señalan que el año pasado 91% de los delitos del fuero común y del federal que se cometieron en México no se denunciaron —lo que se conoce como la cifra negra—, debido a que 63% de los habitantes ven deficiencias de la autoridad, no quieren perder el tiempo y tienen desconfianza.

En lo que se refiere a delitos que sí se denunciaron, se tiene un registro de 22 millones 389 mil 492 vinculados a 18 millones 675 mil 0004 víctimas, lo que equivale a 24% de la población. En 2010, las víctimas fueron 17 millones 847 mil 550 y los delitos sumaron 20 millones 897 mil 336.

Los estados que registraron un mayor número de delitos durante 2011 son el Distrito Federal, Estado de México, San Luis Potosí, Chihuahua, Jalisco, Sinaloa, Puebla, Baja California, Baja California Sur y Nayarit.

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México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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