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Nota Principal

Cae peligroso homicida norteamericano en Ojinaga

Elementos de la Agencia Estatal de Investigación destacamentados en la ciudad de Ojinaga capturaron a Jesús C. Z., persona buscada por las autoridades norteamericanas por ser probable responsable del delito de homicidio en primer grado.

El imputado fue detenido en la calle Presidio y cruce con Libre Comercio donde fue sorprendido por los Oficiales consumiendo marihuana; lugar en el que se ubica una central de autobuses, por lo que se sospecha que pretendía huir de la ciudad.

Al momento de su captura, el sujeto se identificó como “José Carrasco”, sin embargo, no contaba con ninguna identificación; al realizar labores de investigación de gabinete y a través de una coordinación con autoridades de los Estados Unidos, se logró conocer la identidad real y nacionalidad del imputado.

Los hechos que se le atribuyen, se registraron el 15 de noviembre del año 2017, en Odessa Texas, cuando junto con otras dos personas, ingresó a un domicilio en la calle Citation 12293 West, en donde con arma de fuego disparó en contra de Armando Núñez, quien falleció en el lugar y una persona más quedó lesionada.

Jesús C. Z., de 28 años, contaba con una orden de arresto por el delito de homicidio en primer grado, ilícito por el cual fue entregado a las autoridades estadunidenses, por elementos de la Agencia Estatal de Investigación en colaboración con autoridades aduanales, a través del puente internacional “Manuel Ojinaga”.

Cabe destacar que el detenido cuenta con antecedentes penales por el asalto a un policía en Odessa, Texas, donde estuvo preso durante cinco años en el reclusorio Gainesville; asimismo por el asalto a un comercio a mano armada, delito por el cual pasó siete años en la cárcel de Telford, New Boston, Texas.

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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