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México

Tribunal mexiquense le quita a Morena 10 diputados; reparte las curules entre PAN, PRI, PRD y PVEM

El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) revocó la asignación de diputados de representación proporcional realizada por el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), y quitó 10 curules a Morena.

En una sesión apresurada, este medio día el TEEM determinó que cuatro de esos escaños son para el Partido Acción Nacional (PAN), tres para el Revolucionario Institucional (PRI), dos para el Partido de la Revolución Democrática (PRD) y uno para el Verde Ecologista de México (PVEM).

Con esa medida, por el principio de representación proporcional el PAN tendrá nueve curules, 13 el PRI, cinco el PRD y tres el PVEM. Morena, la bancada mayoritaria en la 60 Legislatura, se quedará con los 21 diputados que obtuvieron el triunfo en las elecciones del pasado 1 de julio.

Los partidos del Trabajo (PT) y Encuentro Social (PES) se quedaron con 11 y 10 diputados de mayoría, respectivamente, que sumados a los votos de Morena dan un total de 42. Sin embargo, con esta cifra la coalición Juntos Haremos Historia no alcanza mayoría calificada, requerida en el caso de las reformas constitucionales o nombramientos de magistrados, casos en los que se requieren las dos terceras partes.

A partir del fallo de TEEM, el PRI tendrá 14 legisladores locales (el IEEM le había asignado 10 plurinominales y obtuvo uno de mayoría), 11 el PAN (tenía cinco pluris y dos de mayoría), cinco el PRD (todos de representación proporcional) y tres el PVEM (también todos plurinominales). En conjunto suman 33.

Las 16 impugnaciones (11 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano local y cinco de inconformidad) contra la asignación de diputados de representación proporcional fueron resueltos de forma acumulada.

Los magistrados aseguraron que el Consejo General del IEEM no consideró la sub y sobrerrepresentación de los partidos políticos integrantes de la coalición Juntos Haremos Historia en función de los triunfos obtenidos como unidad (42 de 45), no individualmente.

Esta omisión, desde el punto de vista del pleno, llevó a una inadecuada asignación de espacios plurinominales en detrimento del derecho de participación política de las minorías.

En consecuencia, los magistrados modificaron el acuerdo IEEM/CG/206/2018 y revocaron las constancias de asignación de diputados de representación proporcional emitidas en favor del partido político Morena.

Además, vincularon al Consejo General del IEEM para que, en un plazo máximo de 72 horas, expida y entregue las constancias de asignación de diputados de representación proporcional correspondientes.

Fuente: Proceso

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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