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Opinión

Problemas del transporte: dos precisiones necesarias Por Aquiles Córdova Morán

Hace pocas semanas, como es del dominio público, un grupo de trabajadores del transporte público en la zona nororiental del Estado de México fue violentamente desalojado de su base de operaciones y despojado de sus rutas de trabajo por un comando fuertemente armado al servicio del conocido pulpo camionero propiedad de Axel García, con un saldo de un trabajador asesinado a balazos, varios más golpeados (algunos quedaron gravemente lesionados) y algunas unidades destruidas. Los agredidos constituyen un grupo de trabajadores del volante de muy bajos ingresos que, hartos de la explotación, los atropellos y el gangsterismo que priva al seno del monopolio del señor Axel García, han decidido liberarse del mismo y reclamar su reconocimiento como asociación independiente, propósito legal y legítimo en el cual han recibido el apoyo firme y desinteresado del antorchismo mexiquense que encabeza el diputado Jesús Tolentino Román Bojórquez.

En torno a estos hechos y la consiguiente lucha de los agredidos junto con quienes los apoyan y respaldan, se han producido en los últimos días dos notas de prensa que, por su carácter falso e insidioso, considero importante aclarar y precisar ante la opinión pública. La primera de ellas es un pronunciamiento de empresarios del transporte en el Estado de México en el que afirman que el Movimiento Antorchista no tiene “ningún derecho” a inmiscuirse en esa actividad, razón por la cual, dicen, es necesario que la autoridad ponga enérgico freno a la ilegal intromisión de esa organización en un asunto que no es de su incumbencia. En una palabra, que se prohíba terminantemente a los antorchistas brindar apoyo solidario a las víctimas del feroz cacicazgo del señor Axel García, y se les castigue y reprima en caso de desacato a tal orden. Semejante planteamiento es, obviamente, absolutamente arbitrario, falso e ilegal, pues, por un lado, parte de una clara distorsión de los hechos que están en la base del conflicto y del interés que determina y explica el apoyo de los antorchistas; y, por otro, carece de todo sustento legal que funde y motive su punto de vista y su petición de represión en contra de la organización.

Respecto a la desnaturalización del conflicto, debo precisar que Antorcha no está solicitando ninguna concesión, base o ruta para alguno de sus miembros; no está intentando tampoco crear un pulpo camionero paralelo para disputarle el control del negocio al señor Axel García y socios, aunque podría hacerlo con el mismo derecho, puesto que los antorchistas son tan mexicanos como ellos y gozan, por tanto, de los mismos derechos. En resumen, no se trata de una ampliación del servicio, en ninguna medida ni en ninguna forma, sea quien fuere el beneficiario. Su papel es mucho más sencillo, legítimo y transparente: se limita a brindar toda su solidaridad y asesoría política y legal a los humildes trabajadores del volante que sólo buscan laborar en paz, con tranquilidad y seguridad personales y colectivas, en rutas que vienen explotando desde hace once años como mínimo (y cuya necesidad y demanda, por tanto, están plenamente demostradas en el terreno de los hechos) para poder llevar el sustento diario a sus hogares, sin tener que compartir con nadie el fruto legítimo de su esfuerzo. La cuestión entonces es: una organización de lucha y de defensa social, ¿tiene o no derecho pleno a prestar su concurso a quienes demandan su ayuda en una causa justa? ¿Comete algún delito al hacerlo? ¿Y cuál sería ese delito? La pelota queda en el campo de los señores transportistas.

Por el otro lado, es obvio que no existe ni puede existir ninguna ley que permita otorgar a nadie la propiedad absoluta de un campo de actividad económica como es la del transporte público; que le garantice a alguien, persona o grupo, el monopolio exclusivo para explotar un recurso que, en principio, es propiedad del estado, como es la concesión de rutas para su explotación comercial, con exclusión, so pena de cárcel o muerte, de cualquier otro mexicano o grupo de mexicanos que se considere en condiciones de prestar ese servicio. Por tanto, ¿de dónde sacan los señores declarantes que ellos y sólo ellos pueden y deben intervenir en el negocio del transporte? ¿De dónde obtienen la arrogancia y la prepotencia para decidir, por sí y ante sí, quién puede y quién no puede tratar de ocupar un lugar bajo el sol en materia del servicio de transporte público? Es más que claro que el único fundamento con que cuentan y en el que se apoyan es su poder económico que, ciertamente, es muy grande y los convierte en un poder “fáctico”, con capacidad para dictar condiciones a los más débiles y desprotegidos.

La segunda nota de prensa da la noticia de la renuncia (o destitución) del Secretario del Transporte del gobierno mexiquense, y afirma que el gobernador del Estado de México, Dr. Eruviel Ávila Villegas, “cedió finalmente” ante las presiones de los antorchistas, que exigían la cabeza del funcionario. Esta manera de plantear la cuestión es asaz insidiosa porque busca “amarrar navajas” presentando al señor Gobernador como un gobernante débil y a los antorchistas como un grupo agresivo y prepotente. Por ello me apresuro a hacer la aclaración del caso. Primero, es falso que los antorchistas hayamos exigido (o solicitado simplemente) la renuncia del Secretario del Transporte; lo que demandamos ha quedado bien precisado en el punto anterior y nadie tiene derecho a suponer otra cosa sin equivocarse gravemente. Por tanto, la remoción del funcionario en mención, en caso de ser cierta, es una decisión absolutamente soberana del señor gobernador Eruviel Ávila, tal como corresponde a un político maduro, responsable y experto como pocos en el ejercicio democrático del poder, y no fruto del capricho de nadie. Segundo, los antorchistas no tenemos, ni hemos tenido nunca, la pretensión o la arrogancia absurda de medir fuerzas con las instituciones de la República o los poderes legítimamente establecidos. Nos limitamos siempre a defender, con la ley por delante, aquello que consideramos nuestro derecho elemental, y no debe confundírsenos ni con los radicalismos trasnochados ni con un anarquismo desquiciado, sin rumbo ni brújula. Con nosotros siempre se puede dialogar y razonar. Que conste.

ENVÍO: agradezco sinceramente al Dr. Ramón Ojeda Mestre su valioso e inteligente comentario sobre la actividad del antorchismo nacional y de su dirigencia nacional. En un país donde el denominador común es la calumnia, la distorsión y el nulo respeto por la investigación seria de hechos y circunstancias, el dicho de un periodista de su talla y con tal dominio del oficio, es una auténtica pepita de oro rescatada en un inmenso montón de basura. Por hombres como él, México puede abrigar esperanzas en su futuro, a pesar de que quienes lo denigran y apuñalan por la espalda formen legión. ¡Gracias sinceras y enhorabuena, Dr. Ojeda Mestre!

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Opinión

La semilla. Por Raúl Saucedo

Libertad Dogmática

El 4 de diciembre de 1860 marcó un hito en la historia de México, un parteaguas en la relación entre el Estado Mexicano y la Iglesia. En medio de la de la “Guerra de Reforma», el gobierno liberal de Benito Juárez, refugiado en Veracruz, promulgó la Ley de Libertad de Cultos. Esta ley, piedra angular del Estado laico mexicano, estableció la libertad de conciencia y el derecho de cada individuo a practicar la religión de su elección sin interferencia del gobierno.

En aquel entonces, la Iglesia Católica ejercía un poder absoluto en la vida política y social del país. La Ley de Libertad de Cultos, junto con otras Leyes de Reforma, buscaba romper con ese dominio, arrebatándole privilegios y limitando su influencia en la esfera pública. No se trataba de un ataque a la religión en sí, sino de un esfuerzo por garantizar la libertad individual y la igualdad ante la ley, sin importar las creencias religiosas.
Esta ley pionera sentó las bases para la construcción de un México moderno y plural. Reconoció que la fe es un asunto privado y que el Estado no debe imponer una creencia particular. Se abrió así el camino para la tolerancia religiosa y la convivencia pacífica entre personas de diferentes confesiones.
El camino hacia la plena libertad religiosa en México ha sido largo y sinuoso. A pesar de los avances logrados en el lejano 1860, la Iglesia Católica mantuvo una fuerte influencia en la sociedad mexicana durante gran parte del siglo XX. Las tensiones entre el Estado y la Iglesia persistieron, y la aplicación de la Ley de Libertad de Cultos no siempre fue consistente.
Fue hasta la reforma constitucional de 1992 que se consolidó el Estado laico en México. Se reconoció plenamente la personalidad jurídica de las iglesias, se les otorgó el derecho a poseer bienes y se les permitió participar en la educación, aunque con ciertas restricciones. Estas modificaciones, lejos de debilitar la laicidad, la fortalecieron al establecer un marco legal claro para la relación entre el Estado y las iglesias.
Hoy en día, México es un país diverso en materia religiosa. Si bien la mayoría de la población se identifica como católica, existen importantes minorías que profesan otras religiones, como el protestantismo, el judaísmo, el islam y diversas creencias indígenas. La Ley de Libertad de Cultos, en su versión actual, garantiza el derecho de todos estos grupos a practicar su fe sin temor a la persecución o la discriminación.
No obstante, aún persisten desafíos en la construcción de una sociedad plenamente tolerante en materia religiosa. La discriminación y la intolerancia siguen presentes en algunos sectores de la sociedad, y es necesario seguir trabajando para garantizar que la libertad religiosa sea una realidad para todos los mexicanos.

La Ley de Libertad de Cultos de 1860 fue un paso fundamental en la construcción de un México más justo y libre. A 163 años de su promulgación, su legado sigue vigente y nos recuerda la importancia de defender la libertad de conciencia y la tolerancia religiosa como pilares de una sociedad democrática y plural.
Es importante recordar que la libertad religiosa no es un derecho absoluto. Existen límites establecidos por la ley para proteger los derechos de terceros y el orden público. Por ejemplo, ninguna religión puede promover la violencia, la discriminación o la comisión de delitos.
El deseo de escribir esta columna más allá de conmemorar la fecha, me viene a deseo dado que este último mes del año y sus fechas finales serán el marco de celebraciones espirituales en donde la mayoría de la población tendrá una fecha en particular, pero usted apreciable lector a sabiendas de esta ley en mención, sepa que es libre de conmemorar esa fecha a conciencia espiritual y Libertad Dogmática.

@Raul_Saucedo
rsaucedo@uach.mx

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