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México

Petroleros de todo el país se organizan para derrocar a Romero Deschamps

Petroleros de todo el país se reunieron hoy en Salina Cruz, Oaxaca, para continuar con la lucha contra Carlos Romero Deschamps, miembro del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y usado con frecuencia como símbolo de la corrupción en México.

Entre los puntos que debatieron los adheridos al Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM) se encuentra la convocatoria a elecciones seccionales, en las que se aplique “voto libre secreto y directo”. El objetivo está en derrocar a Romero Deschamps.

También se exigió que Enrique Peña Nieto, Presidente de México, “cese de inmediato el ilegal respaldo al grupo que encabeza Deschamps, tanto desde la estructura de Pemex como desde la dirección general de registro de asociaciones de la Secretaría del Trabajo”.

Romero Deschamps lleva casi tres décadas al frente el sindicato petrolero sin ser votado.

Ayer, integrantes del STPRM se concentraron afuera de la casa de transición, en la colonia Roma, en Ciudad de México, y pidieron lo mismo: que Romero Deschamps se vaya.

El equipo de López Obrador recibió un planteamiento para garantizar la autonomía de los sindicatos. Los petroleros dijeron que buscan que se logre alcanzar la democracia en todos los sindicatos de México.

Los trabajadores de Petróleos Mexicanos (Pemex), empresa cuya producción ha ido en picada, ya no quieren a Romero Deschamps como su líder sindical. A la par del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPTM) de 36 secciones en el país, han formado diversos grupos de petroleros disidentes con el objetivo de recuperar la industria petrolera, como lo ha prometido el Presidente electo Andrés Manuel López Obrador.

Le exigen, antes de que huya del país, el encarcelamiento del Senador priista denunciado penalmente por “enriquecimiento ilícito” y otros presuntos delitos como el Pemexgate, así como un proceso democrático dentro del sindicato.

En julio, SinEmbargo informó que sólo por cuatro conceptos y según los pocos datos que él mismo ha deseado compartir, el Senador de la República por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) ha recibido en su cuenta del sindicato unos mil 400 millones de pesos sin que nadie, absolutamente nadie, lo cuestione o le pida la más mínima factura de gasto.

Fuente: Sin Embargo

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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