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México

Coahuila entre los estados menos corruptos del país

El World Justice Project enumera en el Indice del Estado de Derecho los estados más corruptos y menos corruptos
En México hay un Estado de derecho “débil generalizado” producto de las “situaciones de violencia, corrupción e impunidad” que afectan a millones de mexicanos, reporta el World Justice Project (WJP) en su primer informe a nivel local en la materia.

Tal situación se acentúa en Guerrero, el estado más rezagado del país en orden y seguridad, contrapesos al gobierno estatal en turno, derechos humanos y justicia civil y penal.

Según el documento, que por primera vez hace un análisis focalizado en un país, por entidad, el promedio nacional de cumplimiento en México de las normas que llevan a una organización efectiva de la sociedad y el gobierno es de apenas 0.39 en una escala de 0 a 1, donde 1 indica el máximo apego al Estado de derecho, entendido como un elemento fundamental para garantizar la paz, la justicia, los derechos humanos, la democracia efectiva y el desarrollo sostenible.

Los rubros en los que el país resultó con los niveles de evaluación más bajos son ausencia de corrupción, con un puntaje de 0.35; justicia civil, 0.36, y justicia penal, 0.38, lo que significa que los principales retos a atender son “la corrupción, la seguridad y la justicia”, considera Leslie Solís, integrante de WJP.

“En México, el fortalecimiento del Estado de derecho sigue siendo un tema pendiente. Las situaciones de violencia, corrupción e impunidad que afectan a millones de mexicanos son testimonio de la insuficiencia de mecanismos para garantizar el cumplimiento de las normas que lleven a una organización efectiva de la sociedad y el gobierno”, asegura Alejandro Ponce, jefe de Investigación de WJP.

Ahora, en la medición del caso por país, afirma que “México se encuentra en una coyuntura única para orientar sus políticas públicas y consolidar sus instituciones, especialmente a nivel local”.

De los ocho indicadores analizados, Guerrero, que obtuvo una evaluación general de 0.29, ocupa el último lugar en cinco, y es en los rubros de orden y seguridad (0.28), límites al poder gubernamental (0.28), ausencia de corrupción (0.28) y justicia civil (0.28) donde presenta los mayores atrasos institucionales.

Le siguen Baja California Sur (0.35), Estado de México (0.36), Sonora (0.36), Puebla (0.36), Quintana Roo (0.36), Morelos (0.37) y la Ciudad de México (0.37).

Las entidades mejor evaluadas son Yucatán (0.45), Aguascalientes (0.44), Zacatecas (0.44), Campeche (0.43). “Yucatán y Zacatecas salieron bien evaluados, pero destacan en el área de justicia penal y no es coincidencia porque, junto con otros estados, éstos fueron los primeros en implementar la reforma al sistema de justicia penal, son los que llevan más tiempo consolidando este sistema”, comenta por su parte Jorge Morales, investigador de World Justice Project.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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