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México

Congreso capitalino impulsa marco legal para proteger periodistas

El Congreso de la Ciudad de México impulsará un marco legal para la labor de los periodistas ante la urgencia de brindarles seguridad debido al incremento en las agresiones y asesinatos en este gremio, coincidieron diputados.

Al instalar la Comisión de Protección a Periodistas, el diputado local Virgilio Caballero Pedraza adelantó que se trabaja para hacer realidad la atención de la seguridad de los periodistas porque hay muchos asesinatos.

En el Salón Luis Donaldo Colosio, del recinto legislativo de Donceles y Allende, el también vicepresidente de dicha comisión y vocero de Morena, dijo que en el marco de la violencia generalizada en el país también los periodistas son afectados y refirió que “hay 133 periodistas asesinados en 10 años y solamente en los últimos meses han muerto ocho».

Por su parte, la diputada Lilia Eugenia Rossbach Suárez advirtió que el Estado mexicano le ha fallado a los periodistas porque son asesinados cuando dan a conocer una verdad que daña intereses de particulares o revelan hechos delictivos o de corrupción.
También destacó que el Artículo 7 de la Carta Magna capitalina garantiza a los profesionales de la información su derecho a desempeñarse de manera libre y a mantener el secreto profesional y propuso crear un foro que sea un espacio de análisis y discusión para generar propuestas sólidas.

La diputada Marisela Zúñiga Cerón consideró que proteger a los periodistas es sinónimo de resguardar el derecho de acceso a la información de la ciudadanía y llamó a preservar la seguridad de quienes se dedican a la comunicación, tras las agresiones que sufrieron reporteros y fotógrafos durante la campaña electoral y en otros casos recientes.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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