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México

Arrestan a la pareja que compró un bebé a presunto feminicida de Ecatepec

La Fiscalía General del Estado de México informó la detención de Adrián “N” y Rosa Laura “N” quienes son pareja y habrían comprado a una bebé de dos meses de edad a la pareja feminicida de Ecatepec.

Los elementos de la FGJEM cumplimentaron una orden de aprehensión contra la pareja, en reclusión, por el delito de trata de personas en su modalidad de adopción ilegal.

Adrián y Rosa Laura fueron detenidos a finales de la semana pasada, ya que tenían en su poder a la bebé que habrían comprado por una cantidad económica y quien a su vez era la hija de la última víctima de la supuesta pareja feminicida de Ecatepec.

La pequeña de dos meses de edad y su madre, de 28 años, fueron reportadas como desaparecidas desde el pasado 6 de septiembre, pero el 4 de octubre, las autoridades mexiquenses detuvieron a una pareja que caminaba con una carriola en la cual llevaban restos humanos.

En su declaración a las autoridades, Juan Carlos y Patricia aceptaron su responsabilidad en al menos 10 feminicidios, el último de ellos, el de la mujer de 28 años que se encontraba desaparecida.

Leer: Feminicida serial de Ecatepec muestra alegría por sus crímenes: fiscal

Al ser cuestionados sobre el paradero de la bebé Juan Carlos y Patricia sobre el paraderode la bebé dijeron haberla vendido a una pareja, y tras un operativo se logró la localización y recuperación de la pequeña, así como la detención de Adrián “N” y Rosa Laura “N” como los probables compradores.

Ambos fueron ingresados al Centro Penitenciario y de Reinserción Social de Ecatepec, donde determinaron la prisión preventiva como medida cautelar en su contra. Finalmente este jueves se cumplió la orden de aprehensión en su contra por el delito de trata de personas en su modalidad de adopción ilegal.

Agencias

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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