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México

Diez estados de México registrarán temperaturas de más de 40 grados Celsius

Este jueves se esperan temperaturas de más de 40 grados en 10 estados del país, informó el Servicio Meteorológico Nacional (SMN). Indicó persistirá la onda de calor, el escaso potencial de lluvias y las temperaturas diurnas de calurosas a muy calurosas. Detalló que se prevén valores superiores a 40 grados Celsius en zonas de Nayarit, el sur de Jalisco y de Morelos, Michoacán, Guerrero, San Luis Potosí, Hidalgo, Oaxaca, Chiapas y Campeche.

Y de 35 a 40 grados Celsius en sitios de Sinaloa, Chihuahua, Nuevo León, Durango, Zacatecas, Aguascalientes, Guanajuato, Querétaro, Tamaulipas, Veracruz, Tabasco y Quintana Roo. En contraste, durante la mañana se prevén temperaturas de -5 a 0 grados Celsius en las montañas de Chihuahua y Durango, y de 0 a 5 grados Celsius en las sierras de Baja California, Sonora, Zacatecas, San Luis Potosí, Estado de México, Tlaxcala y Puebla.

Por otra parte, el frente frío número 53 avanzará sobre la vertiente oriental del país y gradualmente por el sureste de México e interaccionará con el ingreso de aire cálido y húmedo del Golfo de México.

Lo anterior ocasionará tormentas de corta duración acompañadas de descargas eléctricas en el oriente y sureste de la República, así como viento de componente norte con rachas superiores a 50 kilómetros por hora (km/h) a lo largo del litoral del Golfo de México, Istmo y Golfo de Tehuantepec, Tamaulipas, Veracruz, así como en costas de Yucatán y Quintana Roo. El SMN agregó que se prevén tormentas puntuales fuertes y granizadas en Puebla y Veracruz, intervalos de chubascos en Hidalgo, Oaxaca y Chiapas, y lluvias aisladas en Tlaxcala.

Las lluvias podrían ser con actividad eléctrica. En el pronóstico por regiones, el organismo dependiente de la Comisión Nacional del Agua (Conagua), apuntó que la Península de Baja California mantendrá cielo despejado la mayor parte del día con ambiente cálido a caluroso.

MVS

 

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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