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México

Naasón Joaquín se declara no culpable de abuso sexual

Naasón Joaquín García, líder de la iglesia La Luz del Mundo, se declaró no culpable este viernes en una corte de Los Ángeles, en California.

Este viernes se realizó la exposición de cargos contra el líder de la iglesia con sede en Guadalajara.

En tanto, Alondra Ocampo y Susana Medina, coacusadas de varios delitos como trata de personas y violación de menores, también se declararon no culpables.

Apenas hace unas horas se dio a conocer que una jueza mantuvo el monto de la fianza solicitada para el líder de la Iglesia La Luz del Mundo.

García, autoproclamado apóstol de la Iglesia fundada en México, representa una amenaza para ‘cientos de niñas’ si es liberado, afirmó la fiscal general adjunta Amanda Plisner en la Corte Superior de Los Ángeles, y pidió que se le mantenga detenido sin derecho a fianza.

García, de 50 años, y otros acusados fueron arrestados a principios de mes por sospechas de violación infantil, estupro, abuso sexual, tráfico de personas, pornografía infantil y extorsión.

En los 20 cargos de la demanda penal se detallan acusaciones que involucran a tres niñas y a una mujer sobre actos ocurridos entre 2015 y 2018 en el condado Los Ángeles.

La Luz del Mundo niega acusaciones contra Naasón Joaquín

La jueza Teresa Sullivan redujo la fianza de Medina Oaxaca a 150 mil dólares, con el argumento de que ella sólo está acusada de dos cargos.

Su abogado, J. Patrick Carey, dijo que esperaba que pagara la fianza el viernes.

Estará en arresto domiciliario con un localizador GPS.

Excelsior

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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