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México

¡Ojo! Así es la nueva marcación telefónica a partir de hoy

En la actualidad, los números locales en las ciudades de México, Monterrey y Guadalajara cuentan con ocho dígitos, y el resto del país de siete dígitos.

A partir de este 3 de agosto se elimina el prefijo 01 y se marcarán solamente los 10 dígitos compuestos por la clave de la ciudad y el número local.

Antes, para marcar un número fijo de una ciudad a otra se utilizaba la clave de larga distancia nacional 01, más la clave de la ciudad que puede tener dos o tres dígitos y el número local.

Por ejemplo, la Ciudad de México tiene la clave 55, Guadalajara la 33 y Monterrey la 81, a las cuales se les deben agregar los ocho dígitos del número telefónico, mientras que Mérida tiene la clave 999 y Toluca la 722, que se complementarán con el número local de siete dígitos.

En cuanto a los números celulares, se eliminan los prefijos 044 y 045 y solo se marcarán 10 dígitos.

Para los números 01-800, se elimina el prefijo 01, mientras que el número de emergencia nacional 911 no reporta cambios en su marcación.

Una de las varias sugerencias a los usuarios es ajustar de forma manual sus agendas de contactos, debido a que el cambio no se hará de manera automática porque se trata de información que cada usuario introduce a sus dispositivos, aclaró el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel).

Lo ideal es que todos los mexicanos actualicen sus contactos para usar la nueva marcación desde este fin de semana, sin embargo, quienes no lo hagan tendrán hasta un año de plazo.

El Ifetel recordó que con la nueva marcación se busca simplificar y homologar los procedimientos, para que sea más sencillo llamar a números fijos y celulares dentro del territorio nacional.

Excelsior

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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