Conecta con nosotros

México

Analizan clonar a vaquita marina para detener extinción

El tiempo para la vaquita marina se extingue, en sólo dos años, podría verse por última vez a este mamífero. Su población actual se calcula entre seis y 19 ejemplares, de acuerdo al reporte más reciente del Comité Internacional para la Recuperación de la Vaquita (CIRVA).

Sin embargo, un grupo de científicos busca preservar la especie a través de la clonación.
José Buendía invitó a su programa Opiniones Encontradas de Excélsior TV a Jorge Rickards, director de WWF México, una ONG, y a Miguel Canseco, miembro del comité de comunicación de la Asociación Mexicana de Hábitats para la Interacción y Protección de Mamíferos Marinos, A.C (AMHMAR), en donde explicaron que pronto realizarán una travesía en San Felipe y Ensenada Baja California, así como del Golfo de Santa Clara, Sonora para tratar de localizar a vaquitas marinas machos.

El objetivo será obtener muestras de ADN que puedan unirse a las que tienen en dos vaquitas marinas hembra que están congeladas en el Frozen Zoo, para conseguir una eventual clonación de la especie.
“Estamos contra reloj y depende, de entrada, evitar su extinción, de conseguir un ejemplar macho y un ejemplar macho en buen estado para poder obtener la parte que falta de la genética. El ADN que se necesita”, dijo Canseco.

Sin embargo, los especialistas advirtieron que, si el Estado mexicano no resuelve la problemática social, como las condiciones de pobreza que enfrentan los pescadores o el tráfico ilegal de especies, por más que logren conseguir clonar nuevos ejemplares, será imposible regresarlos o hacer una reintroducción de la vaquita marina a su hábitat natural y tendrán que vivir en lugares preservados.

La vaquita marina es uno de los mamíferos más amenazados en el mundo pues se enredan en las redes de los cazadores furtivos de totoaba (pez popular en China porque su buche tiene altas atribuciones afrodisiacas y llega a costar hasta 100 mil dólares), y mueren. Rikards señaló que nadie quiere matar a la vaquita, sin embargo, es una víctima colateral del tráfico de especies.

Excelsior

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

Continuar Leyendo
Publicidad
Publicidad
Publicidad

Más visto