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México

Cuentas de Romero Deschamps permanecerán bloqueadas

Luego de que el pasado 15 de octubre Carlos Romero Deschamps, el exlíder Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana, presentó un amparo contra el bloqueo de cuentas bancarias, el juez Francisco Gorka Migoni Goslinga determinó negar esta suspensión.
La defensa del exlíder petrolero argumentó que las cuentas del exsenador de la República y las de sus familiares habían sido bloqueadas el pasado 14 de octubre por la Unidad de Inteligencia FinancierA, a cargo de Santiago Nieto.

El amparo presentado por Deschamps fue admitido y desechado por el juez Décimo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, Francisco Gorka Migoni Goslinga.

En tanto, el Sindicato de Petroleros de México, mantendrá un plantón frente a la Torre de Pemex hasta que se les hagan válidos sus derechos para proteger a los trabajadores, toda vez que la corrupción del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana, lidereado interinamente por Manuel Limón, sigue extorsionando a los trabajadores para conseguir créditos con el Infonavit y la venta de plazas en las plataformas petroleras, sin que esta segunda asociación sindical pueda defender a sus agremiados.

La protesta es porque la Secretaría del Trabajo y Pemex, no les han reconocido su derecho a entrevistarse con las autoridades correspondientes para tratar esos temas, aunque desde 2018, esta organización sindical tiene la toma de nota, es decir, el reconocimiento oficial.

El vocero de Petromex, Oscar Solozano, explicó que Pemex “se escuda en que la Secretaría del Trabajo no le ha dado la orden de respetar los convenios 38 y 195 de la OIT y nosotros estamos exigiendo respeto a la organización sindical y de representación a lo que tenemos derecho, ese es el asunto de fondo, lo quieren maquillar con que somos priistas y panistas y en el fondo están haciendo tiempo para que radicalicemos la protesta, que no lo vamos a hacer, y nos echen gas en la cara”.

Excelsior

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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