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México

Dictan 10 años de prisión a mujer que transmitió en Facebook el abuso sexual de su hija

Ana Gabriela Velasco Pérez, la mujer que transmitió en vivo el abuso sexual de su hija de 8 años, fue sentenciada a 10 años de prisión por el delito de pornografía infantil.

A través de un comunicado, la Fiscalía General de Justicia (FGJ) del Estado de México, precisó que la autoridad judicial también fijo multas de 63 mil 367 pesos y 370 mil seis pesos por la reparación del daño.

El agente del Ministerio Público de la Fiscalía Central para la Atención de Delitos Vinculados a la Violencia de Género logró acreditar que la menor se encontraba en un domicilio ubicado en la colonia María Isabel, en el municipio de Valle de Chalco, acompañada de Velasco Pérez y de un hombre desnudo.

En el sitio, la niña fue obligada a realizar tocamientos al sujeto mientras su madre la grabó en video y transmitió en redes sociales.

Por lo que, la FGJ realizó la investigación correspondiente para identificar a la persona que hizo la grabación, así como al hombre.

Con los datos de prueba recabados por los agentes de investigadores de la Fiscalía, se logró la sentencia por “la utilización de imágenes de personas menores de edad para la pornografía, con la modificativa agravante por tener la sentenciada parentesco de consanguinidad con la víctima”, explicó la dependencia.

Velasco Pérez fue detenida por la Policía Municipal de Valle de Chalco por haber cometido una falta administrativa posteriormente, fue cumplimentada la orden de aprehensión emitida por un juez en marzo de 2019.

Fuente: SinEmbargo

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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