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México

Denuncian grupo de Facebook de acosadores sexuales que operan en el Metro de Monterrey

Varias denuncias de personas indignadas compartieron que existe un grupo conformado por hombres y mujeres, quienes se denominan acosadores sexuales, y que operan en los vagones del Metro en Monterrey.

La denuncia señala a un grupo de Facebook creado por una mujer denominado «Sretuorf», donde invita a sus participantes a compartir sus aventuras de acoso de índole sexual y los motiva a que suban fotos y videos de sus víctimas.

Tan grave es esta situación que los propios usuarios de esta red social, molestos por esta situación decidieron alzar la voz porque dentro de estas narraciones hay un posible caso de violación a una jovencita.

El usuario identificado como Leag Wera Menonas explica que fue acosando sexualmente a una joven la cual fue siguiendo por varias estaciones del Metro hasta que la obligó a introducirse a un motel donde por espacio de dos horas presuntamente la violó.

Dentro de su crónica descriptiva indicó que le robó su dinero a la víctima y solo la dejó con 20 pesos para que se regresara a su casa en camión.

El sujeto después de dicha acción señala que se fue a festejar a una cantina y se burló de la jovencita indicando que tal vez se convertiría en papá.

A través de esta denuncia pública se busca que las mujeres que han sido víctimas de estos casos lo denuncien a las autoridades para que ubiquen a los responsables y sean enjuiciados.

Dentro de este grupo existen fotografías y videos de las supuestas víctimas y consejos de cómo acosar a las damas.

Una fuente informó que la policía cibernética ya se encuentra investigando estos hechos y será la autoridad quien confirme o descarte la veracidad de estos hechos.

Fuente: El Horizonte

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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