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México

Una llamada cambió el destino de los 43 de Ayotzinapa; se cumplen 6 años del caso

Por un cambio de orden, los 43 normalistas de Ayotzinapa fueron “eliminados” y “desaparecidos” hace 6 años.

Vidulfo Rosales, abogado de los padres de los estudiantes, aseguró a Excélsior que, de acuerdo con las investigaciones del caso, entre las diez y las 11 de la noche de ese 26 de septiembre de 2014, el destino de los jóvenes cambió dramáticamente.

Explicó que, tras un enfrentamiento y una persecución a balazos por parte de sus atacantes, muchos estudiantes quedaron heridos. Ellos fueron separados de sus compañeros ilesos y trasladados al hospital, incluso a bordo de patrullas y ambulancias.

Eso nos indica que no había una orden para su desaparición, para eliminarlos. Sin embargo, más tarde, alrededor de las 11 de la noche, viene la segunda agresión que a partir de ahí marca un comportamiento, una acción distinta de los agresores: deviene una orden de eliminar, una orden de desaparecer”, indicó.
Esta tesis del “cambio de orden” fue planteada por la CNDH en su Recomendación 15VG/2018, donde señala que César Nava, entonces subdirector de la policía de Cocula y presente aquella noche, se retiraba de Iguala cuando recibió una llamada de alguien identificado como El Patrón. Tras esto, el mando regresó a la comandancia de Iguala para exigir que por “orden de arriba” les entregaran a los normalistas que para ese momento estaban detenidos.

Un cambio de orden” provocó hace seis años que los 43 estudiantes normalistas de Ayotzinapa fueran “eliminados” y “desaparecidos”, aseguró a Excélsior el abogado de los padres de los estudiantes, Vidulfo Rosales.

Sostuvo que, de acuerdo con las investigaciones del caso, aproximadamente en una hora —entre las 10 y las 11 de la noche del 26 de septiembre de 2014—, el destino de los jóvenes cambió dramáticamente.

Previo al sexto aniversario de la desaparición de los 43 estudiantes de la Normal Rural Raúl Isidro Burgos, que conmemorarán con una marcha, Rosales expone la línea de investigación sobre ese “cambio de orden”.

Ese modus operandi de las agresiones a los estudiantes se tiene que investigar de manera profunda, exhaustiva, porque los datos de prueba dan cuenta que hasta las 10 de la noche, por lo menos, la forma y el comportamiento de los agresores no era para desaparecer, no era para eliminar a los normalistas”, afirmó.

La tesis del “cambio de orden” a la que se refiere Vidulfo Rosales, fue planteada e investigada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en su recomendación 15VG/2018 Caso Iguala.

Para sustentar el “cambio de orden” que redimensionó el caso de los normalistas durante los hechos en Iguala, Rosales refiere:

Si bien es cierto que hubo un enfrentamiento, una persecución a balazos, donde hubo un herido de gravedad que es Aldo Solano, en Periférico Norte, muchos estudiantes que salieron heridos, fueron bajados del autobús, apartados con los que estaban ilesos y tendidos en la banqueta; todos los heridos fueron llevados al hospital; incluso algunos en las patrullas de la policía municipal, en ambulancias y recibieron atención médica”.

Eso nos indica que no había una orden para su desaparición, para eliminarlos, sin embargo, más tarde, alrededor de las 11 de la noche viene la segunda agresión que a partir de ahí marca un comportamiento, una acción distinta de los agresores; a partir de ahí deviene una orden de eliminar, una orden de desaparecer”.

A pregunta expresa sobre si César Nava, entonces subdirector de la policía municipal de Cocula fue quién recibió el “cambio de orden” de parte de alguien identificado por la CNDH como El Patrón, Rosales dijo:

Ese dato yo no lo tengo preciso. No puedo asegurar ese dato de prueba, no tengo los elementos, pero lo que puedo decir es esto: los datos de prueba nos indican que después de las 11 de la noche la orden fue de desaparecer; antes no había una orden de desaparecerlos. Los datos nos indican el modus de los agresores y no había orden de desaparecer”.

Sobre quién dio ese “cambio de orden”, Rosales dijo que “tenemos algunos indicios, son parte de la investigación, no son susceptibles de referirlos públicamente”.

La afirmación del abogado Rosales cobra fuerza en el apartado 26 de la Recomendación de la CNDH, Transmisión de órdenes para ejecutar actos de agresión y desaparición de los normalitas de Ayotzinapa.

Fuente: Excelsior

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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