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México

Candidaturas enfrentan a morenistas

La definición de candidaturas rumbo a la jornada electoral del próximo 6 de junio amaga la vida interna de Morena, ya que aspirantes excluidos del proceso impugnaron ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) las resoluciones del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) de Morena sobre los abanderados a las gubernaturas y la convocatoria para elegir a los que contenderán por las diputaciones federales.

Hasta el momento, el TEPJF ha registrado ocho juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano (JDC) presentados contra la elección de David Monreal Ávila como abanderado de Morena a la gubernatura de Zacatecas, de Clara Luz Flores para Nuevo León y de Lorena Cuéllar Cisneros para Tlaxcala.

Los inconformes se manifestaron en contra del proceso dentro de Morena para definir a los precandidatos, basado principalmente en encuestas.

En tanto, en las impugnaciones a la convocatoria para las diputaciones también se cuestiona la omisión de celebrar la insaculación mediante la cual se determinen los distritos que serán asignados a candidatos externos.

Se quejan por la definición de abanderados a gubernaturas y por la convocatoria para San Lázaro.

Rumbo a la jornada electoral del 6 de junio y en pleno desarrollo para la definición de las candidaturas, los morenistas judicializaron sus procesos internos.

Los inconformes con la definición de los precandidados presentaron impugnaciones en contra de las resoluciones del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) de Morena sobre los candidatos a gubernaturas y la convocatoria para elegir a los que contenderán por las diputaciones federales este año.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) registró ocho juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano (JDC) presentados contra la elección de David Monreal Ávila como abanderado de Morena a la gubernatura de Zacatecas, de Clara Luz Flores para Nuevo León y de Lorena Cuéllar Cisneros para Tlaxcala.

Los recursos interpuestos ante la Sala Superior del Tribunal Electoral refieren la inconformidad en el proceso que se siguió al interior del instituto político para definir a los precandidatos de Morena en dichos estados, el cual se basó principalmente en los resultados de encuestas.

Además de las impugnaciones registradas en el TEPJF contra la elección de candidatos de Morena para las gubernaturas, los militantes también reclamaron ante el máximo tribunal electoral del país la convocatoria que emitió el partido para elegir a los candidatos a diputados federales por los principios de mayoría relativa y representación proporcional.

Dicha convocatoria, que dio a conocer el presidente del partido, Mario Delgado Carrillo el pasado 24 de diciembre, considera la elección de los aspirantes de Morena a San Lázaro con el apoyo de encuestas, lo que fue impugnado en cinco recursos.

“La convocatoria emitida por el Comité Ejecutivo Nacional de Morena relativa a la elección de candidatos a diputados federales por los principios de mayoría relativa y representación proporcional para el proceso electoral 2020-2021, así como la omisión de celebrar la insaculación mediante la cual se determinen los distritos electorales que serán asignados a candidatos externos”, establecen las impugnaciones contra la convocatoria para las diputaciones federales.

Además, el recurso del senador Cruz Pérez Cuéllar, que presentó ante el Tribunal Electoral Estatal de Chihuahua por la designación como candidato de Juan Carlos Loera dio como resultado que ordenara a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia que atendiera las demandas del legislador.

Sin embargo, el político chihuahuense tiene la oportunidad de seguir el proceso de impugnaciones ante la Sala Superior del TEPJF.

Con una caravana motorizada de repudio a la imposición de Morena y de respaldo a su movimiento en la búsqueda del registro de algún partido, Cristóbal Arias inició un movimiento con el que, dijo, quiere rescatar a Michoacán.

Manifestó su rechazo a la candidatura de Raúl Morón a la gubernatura y anunció que “con el respaldo de la gente seguiré adelante”.

Por lo menos ocho juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano presentaron los morenistas inconformes en contra de los abanderados que definió el partido para gubernaturas y por la convocatoria para elegir a candidatos a diputados.

El principal método tomado por el partido para definir a candidatos fue a través de encuestas.

Fuente: Excelsior

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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