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México

Presentan Gabinete de Peña Nieto

Miguel Ángel Osorio Chong, Coordinador General de Políticas y Seguridad del Equipo de Transición dio a conocer los nombres de los integrantes del gabinete legal del presidente electo de México, Enrique Peña Nieto.

Secretaría de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong

Secretaría de Relaciones Exteriores, José Antonio Meade Kuribreña

Procuraduría General de la República, Jesús Murillo Karam

Secretaría de la Defensa Nacional, Salvador Cienfuegos Zepeda

Secretaría de Marina, Almirante Vidal Soberón Salas

Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Luis Videgaray Caso

Secretaría de Desarrollo Social, Rosario Robles Berlanga

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Juan José Guerra Abud

Secretaría de Economía, Ildefonso Guajardo Villarreal

Secretaría de Energía, Pedro Joaquín Coldwell

Secretaría de Agricultura, Enrique Martínez y Martínez

Secretaría de Comunicaciones y Transportes, Gerado Ruiz Esparza

Secretaría de Educación Pública, Emilio Chuayffet Chemor

Secretaría de Salud, Mercedes Juan López

Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Alfonso Navarrete Prida

Secretaría de Reforma Agraria, Jorge Carlos Ramírez Marín

Secretía Turismo, Claudia Ruiz Massieu

Consejero Jurídico de la Presidencia, Humberto Castillejos Cervantes

Petróleos Mexicanos, Emilio Lozoya Austin

Comisión Federal de Electricidad, Francisco Rojas Gutiérrez

Presidencia de la República

Jefe de la Oficina de la Presidencia de la República, Aurelio Nuño Mayer

Director de Comunicacion Social, David López Gutiérrez

Secretario Particular, Erwin Lino Zárate

Coordinador de aseosres, Francisco Guzmán Ortiz

Jefe del Estado Mayor Presidencial, Roberto Miranda Moreno

Subsecretario de Planeación, Manuel Mondragón y Kalb

Subsecretario de Atención Ciudadana y Normatividad, encargado del despacho de la Secretaría de la Función Pública, Julián Olivas Ugalde.

Después de las 15:00 horas, en un hotel de la zona de Polanco en la Ciudad de México, Osorio Chong concluyó la lectura de los nombres de los políticos que fueron elegidos para acompañar a Peña Nieto en su administración, que será de 2012-2018.

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México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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