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México

AMLO reveló que a su hijo Jesús Ernesto de 14 años le dio COVID-19: “No le va a gustar a Beatriz que yo haya dicho esto”

El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, reveló este martes que su hijo menor, Jesús Ernesto, padeció recientemente de COVID-19, convivió con él, y por haberse vacunado no se contagió, afirmó.

“Yo me vacune con la AstraZeneca y puedo ir, nada más que ahorita por mi agenda no puedo… pero si me invitaran yo estoy seguro que no tendría ningún problema.

Voy a dar un dato, se contagio Jesús Ernesto, mi hijo, hace poco, y estuvimos conviviendo porque no se sabía, porque a los adolescentes no les pega fuerte , y yo ya estoy vacunado y no tuve problema, ni la mamá, y los dos nos vacunamos con AstraZeneca.

No le va a gustar mucho a Beatriz que yo haya dicho esto pero bueno, todo sea para ayudar a quitar miedos, temores y que ayude, pues también a quitar todos estos obstáculos porque se trata de vacunas que estan demostrando su efectividad”, señaló el mandatario mexicano.

López Obrador reveló lo anterior debido a que le preguntaron durante su conferencia de esta mañana, sobre las restricciones que algunos países han hecho para entrar a su territorio, según la vacuna; y también sobre la apertura de la frontera con Estados Unidos.

“Nos necesitamos mutuamente, no se puede tener cerrada mucho tiempo la frontera, porque existe una vinculación economía-comercial que es estratégica para México y EEUU, son cadenas productivas, entonces no se puede mantener cerrada la frontera.

Lo mismo en el caso del comercio, esta demostrado el que mantener cerrada la frontera más tiempo va a afectar centros comerciales sobre todo en Texas, de modo que yo estoy seguro que se va abrir por completo la frontera

Acerca del tipo de vacunas, aunque nosotros estamos aplicando en la frontera la vacuna Johnson & Johnson y Pfizer, de todas maneras para los que se hayan aplicado otras vacunas, también vamos a hacer gestiones en EEUU, y creo que vamos a ser escuchados; porque son vacunas que han sido analizadas y demostraron su eficacia”, subrayó el presidente.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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