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México

El PIB de México creció 19.6% en el segundo trimestre de 2021: es menos de lo esperado

La economía de México creció 19.6% a tasa interanual en el segundo trimestre del año, según cifras preliminares difundidas este viernes por el instituto de estadística, INEGI.

La segunda economía más grande de América Latina registró una caída de 18.7% en el mismo periodo de 2020 por el impacto de la pandemia del coronavirus y por una recuperación de su principal socio comercial, Estados Unidos.

El Producto Interno Bruto (PIB) mexicano mostró una expansión de un 1.5% a tasa trimestral, según cifras desestacionalizadas preliminares, por debajo del 1.7% esperado en un sondeo de Reuters, pero por arriba del repunte del 0.8% del trimestre previo.

El INEGI detalló que el sector industrial, que representa un 30% de la actividad económica, creció 28,2% en el segundo trimestre. Por su parte, el vasto sector servicios, que representa el 60% del PIB, subió 17% y las actividades primarias crecieron 6,8%.

(Foto: Twitter/@INEGI_INFORMA)(Foto: Twitter/@INEGI_INFORMA)

Frente al trimestre previo, las actividades primarias de la economía tuvieron una expansión de un 0.6%, mientras que las secundarias, compuestas principalmente por la manufactura de exportación, aumentaron en un 0.4%. Los servicios, en tanto, crecieron un 2.1%, detalló el INEGI.

La actividad económica en el país se ha venido beneficiando desde que la capital, Ciudad de México, y otros estados comenzaron a suavizar las restricciones para hacer frente al avance de la pandemia, aunque en las últimas semanas el país ha registrado un repunte de contagios.

Por otra parte, un alza en las exportaciones de México a Estados Unidos, con quien comparte una frontera de más de 3,000 kilómetros, también beneficiaron al país latinoamericano, pues prácticamente se duplicaron en abril y mayo a tasa interanual, aunque perdieron dinamismo en junio, según datos del INEGI.

Frente al mismo lapso del año previo, la segunda mayor economía de América Latina se disparó un 19.7%, ligeramente menor al 19.8% que esperaban los analistas, impulsado principalmente, por una baja base de comparación en el mismo lapso del año pasado.

“Después de ocho trimestres consecutivos con una tasa anual de crecimiento negativo, el Producto Interno Bruto finalmente en el 2021-T2 registró una tasa positiva; su valor relativamente elevado resulta de la comparación con el colapso de 2020-T2”, explicó Julio Santaella, jefe del INEGI, en su cuenta de Twitter.

(Foto: EP)(Foto: EP)

El gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador evitó rebajar la carga impositiva y en su lugar apostó por la entrega de microcréditos, programas sociales y por sus proyectos emblema de infraestructura como la construcción de una refinería en Tabasco, en el sur del país.

Tanto el autónomo banco central como el gobierno esperan que la economía tenga un rebote de entre 6 y 6,5% en todo 2021.

A inicios de junio, el Banco de México dijo en un reporte que entre los principales riesgos que enfrenta la recuperación de la economía están retrasos en la producción o aplicación de vacunas contra el covid-19 y cuellos de botella en las cadenas globales de suministro que afecten a sectores clave de la manufactura como el automotriz.

El INEGI dará a conocer la cifra definitiva de crecimiento del segundo trimestre el próximo 25 de agosto.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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