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México

Incautaron cargamento de cocaína de más de 3 millones de pesos

Elementos del Ejército Mexicano incautaron más de 3 millones de pesos en cocaína en la entidad federativa de Tamaulipas.

La droga, con un peso de 13.9 kilogramos, fue decomisada a una mujer en un punto de revisión militar en el ejido de Oyama, ubicado en el municipio de Hidalgo, informó la Octava Zona Militar.

Todo ocurrió cuando la presunta criminal, a bordo de un vehículo compacto, arribó al retén de seguridad: durante la inspección de rutina, los agentes detectaron la cocaína valuada en alrededor de 3.4 millones de pesos.

En el marco de la Estrategia Nacional de Prevención de Adicciones “Juntos por la Paz”, informó la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) en un comunicado, personal del Puesto Militar de Seguridad de Oyama realizó al revisión del vehículo que procedía de Tampico y que tenía como destino Monterrey.

Uniformados descubrieron la droga escondida dentro de un doble fondo debajo del asiento de la conductora. La mujer terminó siendo detenida por las autoridades.

Los 14 paquetes, con un peso total de 13 kilos y 900 gramos, contenían una sustancia con características similares a las de la cocaína. De acuerdo con los reportes, el narcótico incautado tiene un precio estimado de 3,419,000 pesos en el mercado nacional.

La conductora, la droga y el automóvil quedaron asegurados y fueron puestos a disposición del agente del Ministerio Público y de la Fiscalía General de Justicia Tamaulipas, autoridades encargadas de llevar a cabo el dictamen químico y el peso oficial de la posible cocaína, informó la vocería de la Octava Zona.

Por otro lado, Sandra Barrios López, La Tía, supuesta operadora del Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG) en la Ciudad de México, fue procesada junto con su chofer, Iván Alberto Pérez Serrano, El Iván, por transportar un cargamento de cocaína con destino al bastión de Nemesio Oseguera Cervantes, El Mencho.

La Fiscalía General de la República (FGR) atrajo el caso luego de que la pareja fuera detenida en calles de la colonia Morelos el pasado 3 de noviembre. Supuestamente, Barrios López ofreció un millón de pesos para que la dejaran ir y alegó protección de agentes en la capital.

Los delitos que se acusan son contra la salud en la modalidad de posesión con fines de transporte de clorhidrato de cocaína y cohecho. De acuerdo con reportes preliminares, La Tía y El Iván planeaban llevar 49 kilogramos del narcótico a Jalisco que habían recogido en Veracruz.

Un juez de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio en la Ciudad de México con sede en el Reclusorio Norte otorgó la vinculación a proceso y autorizó la prisión preventiva oficiosa, luego de datos portados por la Fiscalía Especializada en materia de Delincuencia Organizada (FEMDO).

La Tía es originaria de Chiapas y Pérez Serrano es originario de Sinaloa pero radicaba en Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco. Ella tiene 51 años de edad y su presunto cómplice 33.

Luego de ser detenidos, Barrios López y Pérez Serrano fueron puestos a disposición del Ministerio Público Federal (MPF), adscrito a la Unidad Especializada en Investigación de Delitos Contra la Salud. El juzgador otorgó dos meses para la investigación complementaria.

La Tía se decía protegida por agentes federales y alegó que trabajaba con El Capi, presunto miembro de la Guardia Nacional (GN). Ambos fueron detenidos cuando viajaban a bordo de un vehículo con placas del Estado de México.

Aunque la FGR reportó el aseguramiento en la colonia Morelos, la Secretaría de Seguridad Ciudadana capitalina consignó el arresto en calles de la colonia San Mateo Xalpa, alcaldía Xochimilco.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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