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México

“Pueden generar un efecto positivo”: Patricia Mercado sobre «adopción» de Mariana y Samuel

Patricia Mercado, senadora por Movimiento Ciudadano (MC), reconoció que en lo relacionado a la polémica suscitada por Samuel García y Mariana Rodríguez, se debería de atender el criterio de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León (CEDHNL).

A través de redes sociales, la excandidata a la presidencia de México señaló este martes 18 de enero que ha dado seguimiento a la “conversación pública sobre las actividades del gobernador Samuel García y Mariana Rodríguez en su relación con un niño que se encuentra bajo custodia del DIF de Nuevo León”.

En ese sentido resaltó lo mencionado por instituciones públicas y de la sociedad civil, pues las personas servidoras públicas deben de “cuidar el interés superior de la niñez en todo acto o propuesta que les involucre”.

Y es que el pasado fin de semana, el matrimonio García-Rodríguez convivieron con un bebé que estaba bajo la custodia del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado (DIF) del estado que gobierna el abanderado del partido naranja. Motivo por el cual el CEDHNL manifestó un extrañamiento por la sustracción del menor.

“La CEDHNL emitió un exhorto al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado (DIF), derivado de la difusión de imágenes y videos de menores de edad que se encuentran ingresados y/o en acogimiento residencial”, escribió en sus redes sociales tras la difusión de material audiovisual e imágenes del bebé que convivió con el matrimonio.

Asimismo, se solicitó al funcionario adoptar las medidas pertinentes a la dependencia que dirige, mismas que buscarán garantizar el derecho a la intimidad y a la protección de los datos personales de los menores que se encuentran en guardia y custodia del DIF.

“Que se implementen los mecanismos pertinentes para que todas las áreas a su cargo cumplan con la protección de la imagen, privacidad e intimidad de los menores, esto con el fin de prevenir posibles violaciones a derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes”, exhortó la CEDHNL.

El documento también le exigió a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes vigilar los procedimientos y formas de intervención de los funcionarios que atienden a niñas, niños y adolescentes. “Invariablemente observen el marco legal aplicable”.

Aunado a esto, la CEDHNL añadió que el DIF debería crear un programa de capacitación para las personas servidoras públicas que laboran directamente en espacios donde son atendidos los menores de edad y tendrá el objetivo de enseñar sobre el respeto a los derechos humanos.

Cabe recordar que, junto con la CEDHNL, la Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM) condenó el acto del gobernador y su esposa y reprochó la “exposición excesiva e innecesaria de este niño”.

Finalmente, Mercado Castro planteó esto como una “oportunidad” para el matrimonio García-Rodríguez pueda promover la adopción sin discriminación.

“Este episodio es una oportunidad para que el Gobierno de NL haga más ágiles los procesos de adopción. Estoy segura que Mariana y Samuel pueden generar un efecto positivo que anime a más familias a buscar la adopción de niñas y niños, sin discriminación”
Sin embargo, los múltiples reclamos de diversos ciudadanos no se han dejado de ver manifestadas en redes sociales, en donde criticaron sobre la banalización de ayudar a un bebé en una circunstancia de desventaja ante la vida.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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