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México

Caso del bebé muerto en penal de Puebla: lo sacaron de panteón de Iztapalapa

La presidenta de Reinserta un Mexicano, Saskia Niño de Rivera, informó que “ya estamos en contacto con la familia del bebé encontrado en el penal de San Miguel en Puebla. Están ya en la Fiscalía de Puebla buscando reconocer el cuerpo”.

En Twitter, la activista añadió que el bebé se llamaba Tadeo, nació el 4 de octubre de 2021, por problemas intestinales murió el 5 de enero de 2022 y un día después fue enterrado en el Panteón de Iztapalapa.

“A los pocos días de hacerse público el hallazgo en el penal de San Miguel y al ver la noticia en los medios, los papás sospecharon que el bebé que habían encontrado en el penal era su hijo. Fueron al panteón. Fueron amenazados al ver que el cadáver de su bebé ya no estaba”, detalló.

El pasado 10 de enero, fue encontrado el bebé sin vida dentro de los contenedores de basura del Centro de Reinserción Social (Cereso) de San Miguel y señalan que habría ingresado durante el día de visita.

Este jueves, la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX) informó que tras el hallazgo del cuerpo en el penal de San Miguel, investigaba para determinar si el cadáver fue sustraído de algún anfiteatro capitalino, ya que al momento no contaba con denuncia alguna sobre un hecho similar.

Añadió que la Fiscalía de Búsqueda de Personas Desaparecidas de la Coordinación de Investigación de Delitos de Género y Atención a Víctimas de la FGJCDMX trabajaba conjuntamente con autoridades de Puebla para determinar el origen del cuerpo.

Reiteró que luego de un rastreo interinstitucional, no contaba con alguna denuncia sobre la desaparición o sustracción del cuerpo de alguna persona menor de edad, sin embargo, amplió la búsqueda para determinar si el cadáver fue sustraído de algún anfiteatro capitalino.

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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