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México

Dos países se suman a demanda de México contra fabricantes de armas

Belice y Antigua y Barbuda, así como fiscales de distrito y organizaciones contra armas de EE.UU. se unen a México en su demanda contra los fabricantes de éstas.

A través de Twitter, el secretario de Relaciones Exteriores, Marcelo Ebrard, señaló: “Presentamos en tiempo y forma, ante la Corte en Boston, las pruebas de la negligencia de las empresas fabricantes de armas demandadas por el Gobierno de México. Aquí el índice del documento. Mañana detalles”.

En noviembre, las empresas armamentistas de Estados Unidos, que fueron acusadas por México de facilitar el tráfico ilegal de armas, pidieron a la Corte de Boston desestimar el caso.

Señalaron que ninguna promueve ni facilita las armas a los grupos del crimen organizado y, que la Corte, no tiene jurisdicción para el caso.

El gobierno mexicano, por el contrario, asegura que la Corte de Boston sí tiene jurisdicción y que las compañías tienen una responsabilidad.

Este 24 de enero, el canciller mexicano, Marcelo Ebrard, afirmó que “este año se tiene que resolver” la demanda que interpuso el Gobierno en 2021 contra 11 fabricantes de armas en Estados Unidos por negligencia y fomentar el tráfico ilícito.

“Tenemos 3 mil kilómetros de frontera con uno de los principales productores de armas del mundo y a las empresas que estamos demandando les estamos atribuyendo negligencia. Este año se tiene que resolver y estamos promoviendo que otros países participen con nosotros”, declaró Ebrard.

El canciller participó en la reunión plenaria de los diputados del gobernante Movimiento Regeneración Nacional (Morena), donde destacó la inédita demanda que el Gobierno presentó en agosto pasado contra 11 empresas fabricantes de armas en Estados Unidos ante una corte en Boston, Massachusetts.

También presumió del apoyo que ha recibido México de 26 fiscales generales de Estados Unidos y se mostró optimista, a pesar de recientes reportes de que los acusados intentan mover el litigio a Texas o Arizona, donde los jueces son más favorables a la cultura armamentista.

Fuente: EFE

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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