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México

Mueren hermanos con parálisis cerebral y su padre de la tercera edad tras incendio en Durango

Tres personas perdieron la vida en el incendio de un domicilio de la colonia Miguel de la Madrid de Gómez Palacio, se trata de dos adultos con parálisis cerebral y una persona de la tercera edad.

Los hechos se registraron cerca de las 13:00 horas de este lunes en una vivienda ubicada sobre la calle Fresno, casi esquina con la calle Primavera de dicho sector habitacional.

Dos de los fallecidos fueron identificados como Sergio Cortés Romero y Juan Francisco Cortés Romero, de 44 y 38 años de edad respectivamente.

La otra víctima es el padre, quien respondía al nombre de Juan Franco Cortés Charles de 78 años de edad.

Fueron los vecinos del sector quienes se percataron de que había un incendio en el domicilio y de inmediato realizaron el reporte correspondiente al sistema estatal de emergencias 911.

Personal del departamento de Bomberos y Protección Civil, acudió al lugar a bordo de una máquina de ataque rápido y dos vehículos más.

Los elementos de inmediato ingresaron al sitio y procedieron a combatir las llamas con chorros de agua. Al acceder a una de las recámaras, se percataron de la presencia de los cuerpos calcinados. Las víctimas no lograron reaccionar para ponerse a salvo debido a su discapacidad, ya que se encontraban postrados en cama.

Elemento de la Dirección de Seguridad y Protección Ciudadana y de la Policía Estatal, se encargaron de resguardar el área.

El personal de la Policía Investigadora de Delitos (PID), hizo algunas entrevistas con familiares y vecinos para conocer mayores detalles sobre lo sucedido. Mientras que el Agente del Ministerio Público adscrito al área de homicidios tomó conocimiento de los decesos.

Los cuerpos fueron enviados a las instalaciones del servicio médico forense para la necropsia de ley.

El titular de la Dirección de Protección Civil, José Miguel Martínez Mejía, indicó que probablemente se trató de un corto circuito, ya que había una parrilla eléctrica en la recámara y muchos objetos acumulados.

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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