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México

Muere niña por comer galleta envenenada que era para su perro

Luego de presuntamente comer una galleta envenenada que aventaron para su perro, Valeria, de casi dos años, falleció intoxicada en el municipio de Tototlán. La niña compartió el alimento con otra pequeña de seis años, la cual aún se encuentra delicada de salud.

Los hechos se registraron el pasado jueves 3 de febrero por la tarde, según detallaron bomberos de aquel municipio, cuando la madre de la pequeña llegó a la estación de bomberos ubicada en la calle Francisco I. Madero # 18, colonia Teodosio R. Guevara.

“De los químicos y eso no sabemos, en los análisis se sabrá. Fue aquí en la base que llegó la mamá y la niña. La menor de casi dos años, sí llegó la mamá muy alterada que la ayudáramos y se le dieron los primeros auxilios y paramédicos de aquí le dieron los primeros auxilios, aspirarla para las secreciones y al observar que no mejoraba, y pensar que era obstrucción de la vía aérea la comienzan a ventilar, aplicar oxígeno y al no observar mejoría se decidió trasladarla a Ocotlán ya que contaban con seguro del IMSS”, comentó Fabián Alcaraz López, comandante en turno de Protección Civil y Bomberos de Tototlán.

Alcaraz especificó que la otra niña de seis años fue trasladada por sus familiares a un hospital privado.

En redes sociales de colectivos de protección animal como Peludos Desamparados, Lore In y en Facebook de habitantes de Tototlán se percibe la molestia de este hecho y en un comunicado explican lo siguiente:

Peludos Desamparados publicó en sus redes un dibujo de la pequeña en compañía de su mascota en el que viene la leyenda “El caso de Valeria, no puede quedar impune” y explica lo siguiente: «¿Cómo llegó la galleta envenenada a ellas? Resulta que Valeria tiene un perrito que ‘ladra mucho’ y alguna o algunas personas crueles y despiadadas decidieron tirarla en el domicilio para que el perro la comiera pero quien la encontró primero fueron las niñas. Este asesinato se pudo evitar si las autoridades hicieran cumplir la ley y hubiese penas más severas para quienes quieren atentar contra la vida animal”, explica el post.

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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