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México

AMLO da lista de 10 posibles candidatos de oposición a la Presidencia en 2024

El presidente Andrés Manuel López Obrador dio una lista de 10 posibles candidatos de oposición a la Presidencia de la Republica.

Durante la conferencia de prensa matutina de este lunes, el mandarino hizo un llamado a partidos partidos políticos como Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI), Movimiento Ciudadano, y sociedad civil a seleccionar los posibles perfiles de oposición que podrían participar en las elecciones presidenciales de 2024.

“Yo les aconsejaría que ya empiecen a seleccionar a sus candidatos para la Presidencia, porque ya estoy viendo que hay quienes manifiestan que van a participar, la señora Lilly Téllez, (Gabriel) Quadri, seguro la señora Margarita Zavala, Santiago Creel, a lo mejor Loret de Mola, Carmen Aristegui, el presidente del PRI, Alejandro Moreno, Marko Cortés, Claudio X. González, sociedad civil“ mencionó entre risas.

“Ya que empiecen porque no solo es el tiempo de campaña. Lo que está haciendo Quadri y la señora Lilly Téllez es porque se necesita tiempo y van a salir otros. Ayer vi a Damián Zepeda y eso está muy bien, adelante”, dijo AMLO esta mañana en Palacio Nacional.

En este contexto, el actual titular del Ejecutivo pidió que esta selección de candidatos se haga por la vía “pacifica y electoral”.

Cabe destacar, que el presidente dejó fuera de su lista a Ricardo Anaya, quien en 2018 buscó la Presidencia de la República, y no oculta en sus vídeos semanales su intención de participar en el proceso electoral de 2024.

Este fin de semana, el senador panista Damián Zepeda se ‘destapó’ y confesó que le gustaría ser candidato de su partido a la Presidencia de la República.

“Sí, sí voy por la Presidencia de la República, porque quiero cambiar a México y que todos vivan sin miedo y bien. Si el PAN quiere ganar en 2024 necesita hacer las cosas de una manera diferente. Rompamos el molde”, escribió el expresidente del PAN en su cuenta de Twitter.

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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