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México

Vinculan a proceso a Jaime Rodríguez ‘El Bronco’

El ex gobernador Jaime Rodríguez Calderón “El Bronco” fue vinculado a proceso por un Juez de control durante su audiencia inicial, misma que continuaba hasta el cierre de esta edición, por lo que el ex mandatario pasó su segunda noche como interno en el Penal de Apodaca.

La audiencia inició minutos después de las 16:00 horas, de forma virtual y privada, sin permitir el acceso a los medios de comunicación, por petición de la defensa de “El Bronco”.

Casi a las 23:00 horas, se informó que el juez de Control Carlos Alberto Salas González encontró suficientes elementos para vincular a proceso al ex gobernador, por lo que la audiencia continúo para dictaminar las medidas cautelares a las que se deberá someter “El Bronco”.

En la audiencia estuvieron presentes Salas González, así como integrantes del Ministerio Público de la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales de Nuevo León.

Mientras que “El Bronco” y defensa, asistieron de manera remota, desde una sala habilitada en el Penal 2 de Apodaca, donde el ex mandatario se encuentra recluido desde el martes.

La FEDENL, de acuerdo a lo señalado en la audiencia, cuenta con elementos para acusar al ex mandatario “por su probable participación en hechos con características de delitos electorales”, infracciones que según el Código Penal Federal y la Ley General en Materia de Delitos Electorales, ameritan prisión preventiva oficiosa.

Sin embargo, la FEDENL ni el gobierno del estado, así como tampoco la defensa de “El Bronco”, han aclarado de qué delitos se acusa al ex mandatario; la orden de aprehensión podría haberse derivado por el presunto delito de uso de recursos de procedencia ilícita durante la campaña presidencial del 2018 o el uso de recursos monetarios y humanos durante la misma campaña.

A través de redes sociales, el gobernador Samuel García aseguró que no se tolerará la corrupción durante su administración.

“Un nuevo comienzo implica no tolerar la corrupción, no permitir la impunidad y que se haga justicia. Hoy dimos un paso importante para lograrlo”, escribió en Twitter.

“Si alguien, quien sea, violó la ley y abusó de la confianza de las y los neoleoneses, tendrá que rendir cuentas y pagar las consecuencias”.

“Estoy tranquilo porque hemos hecho lo correcto y porque la Fiscalía y el Poder Judicial son instituciones autónomas, profesionales y responsables. Sé que actuarán con total apego a la ley y le harán justicia a nuestro estado. Ahora toca seguir trabajando para construir un nuevo Nuevo León y para lograrlo tenemos que entrarle todos. Ánimo”.

Por la mañana, el abogado Victor Oléa Pérez, quien encabeza el equipo jurídico que defiende al ex mandatario, aseguró ante los medios que los delitos de los que era acusado “El Bronco” no requerían prisión preventiva oficiosa, por lo que buscaban su libertad.

Incluso, el equipo jurídico promovió cuatro amparos, de los cuales uno, identificado con el expediente 192/2022, fue resuelto en el Juzgado Primero de Distrito en Materia Penal, de acuerdo al Consejo de la Judicatura Federal, aunque su contenido no fue divulgado.

De acuerdo a la Lista de Acuerdos del CJF, la resolución fue “Se previene al promovente del amparo. Notifíquese personalmente”.

La Ley de Amparo, en su Artículo 114, señala que esta resolución significa el amparo presentó alguna deficiencia u omisión; según el Artículo 108, podría tratarse de algo como la falta del nombre o domicilio del quejoso.

Por ello, la resolución de ese amparo significaría la solicitud del CJF al equipo de defensa para que subsane dichas omisiones y no a que el ex mandatario sea liberado.

Durante la audiencia de este miércoles, el Juez de Control definirá si la detención de “El Bronco” fue realizada conforme a derecho, si se le vincula a proceso y si amerita o no medidas cautelares como la prisión preventiva oficiosa.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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