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México

Operativo para reducción de mortalidad materna en 7 entidades

La Secretaría de Salud realizará un operativo emergente en los estados de Chiapas, Distrito Federal, Estado de México, Guerrero, Jalisco, Puebla y Veracruz, con el objetivo de acelerar la reducción de la muerte materna y evitar entre 80 y 120 fallecimientos en lo que resta del año, afirmó su titular Salomón Chertorivski Woldenberg.

De acuerdo a un comunicado, al inaugurar la XXI Reunión Ordinaria del Consejo Nacional de Salud, el funcionario federal subrayó que el operativo incluye la conformación de la Fuerza de Tarea, concurrencia de IMSS e ISSSTE y la sistematización en la búsqueda intencionada de casos.

Asimismo, señaló que la política de salud en México es una sólida política de Estado, además de estar convencido de que la constante y oportuna comunicación entre el Gobierno Federal con los estatales ha propiciado resultados positivos que confirman el compromiso asumido por la administración del presidente Felipe Calderón para preservar y mejorar la salud de los mexicanos.

Sin embargo, reconoció que es necesario impulsar áreas como la reducción de la mortalidad materna, la vacunación, el mejoramiento de la calidad y la prevención.

En cuanto a vacunación, destacó que el objetivo es lograr la cobertura nacional de inmunización contra el Virus de Papiloma Humano para prevenir el desarrollo de cáncer cérvico uterino en todas las niñas que cursan el quinto año de primaria y que representan un millón 220 mil 15 menores.

Ante esto, detalló que la primera aplicación será en octubre de este año y la segunda en mayo de 2013 y se reforzarán todas las estrategias del Programa Nacional de Vacunación, con el objetivo de seguir manteniendo la cobertura por arriba de los estándares internacionales.

Chertorivski Woldenberg dijo que se mantendrá la vigilancia de los «productos milagro», que con la reforma al reglamento en materia de publicidad, se redujo 98.5 por ciento, al pasar de dos mil 970 a veinte spots publicitarios a menos de dos meses de su aprobación.

Entre otras de las tareas pendientes, está el incrementar la confianza de la ciudadanía en los servicios de salud, por lo que convocó a los integrantes del Consejo a poner especial atención en el correcto funcionamiento y continuidad de las unidades médicas y fortalecer la formación de recursos humanos.

Por lo que se hará una revisión y evaluación del servicio social en medicina y enfermería, se realizarán programas piloto entre la Secretaría de Salud y la Universidad Nacional Autónoma de México para ampliar la cobertura en municipios de muy alta marginación, con colaboración de grupos multidisciplinarios sobre procuración de órganos para trasplantes, cuidados paliativos e investigación.

Finalmente, el secretario de Salud resaltó que es importante homologar la calidad y la mejora de prácticas gerenciales a nivel nacional para impulsar la eficiencia y eficacia del sistema de salud, por lo que solicitó mayor apego a la normatividad vigente en la administración de los recursos que la sociedad destina para la salud.

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México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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