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México

Megapuente de 4 días en México: ¿Cuándo y por qué será?

El próximo megapuente será de 4 días para los estudiantes incorporados a la SEP; mientras que para los trabajadores será de 3 días

El pasado viernes, los estudiantes y algunos trabajadores tuvieron la oportunidad de disfrutar un megapuente de 3 días en conmemoración del inicio de la lucha de independencia; así se suspendieron las actividades el 16 de septiembre y se retomaron este lunes 19.

No obstante, debido a que estos días sirven para relajarse y tomar un respiro de la rutina e incluso hacer viajes o planes en familia, muchas personas se han comenzado a preguntar cuándo será el próximo megapuente. Te contamos.

Estos días habrá megapuente

Antes del megapuente los estudiantes de educación básica o de escuelas incorporadas a la Secretaría de Educación Pública (SEP), podrán disfrutar de un fin de semana largo el próximo octubre.

Este comenzará el próximo viernes 28 de octubre, ya que no habrá actividades escolares debido al Consejo Técnico que se lleva a cabo los últimos viernes de mes. Por lo cual retomarán las clases el lunes 31.

No obstante, el megapuente, en donde habrá 4 días sin labores se llevará a cabo hasta noviembre, en conmemoración de la Revolución Mexicana, el próximo 20 de noviembre; así como por la descarga administrativa.

De esta manera, los estudiantes dejarán de tener actividades desde el viernes 18 de noviembre hasta el lunes 21, es decir, descansarán desde el jueves 17 y retomarán actividades el martes 22.

¿Los trabajadores tendrán puente?

Por su parte, las personas que se encuentren trabajando también podrán disfrutar de un puente debido a la conmemoración de la Revolución Mexicana, ya que este día está considerado como feriado.

Así, podrán descansar el lunes 21 de noviembre; sin embargo, algunas empresas piden a sus trabajadores laborar este día. Si ese es tu caso, deberán pagarte el total de tu jornada diaria más el doble, de acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo.

Fuente: reporteindigo.com

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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