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Morena y aliados en el Senado avalan sin cambios la Ley de Ingresos 2026

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Senadores de Morena, Partido Verde y Partido del Trabajo acordaron respaldar sin modificaciones el paquete de la Ley de Ingresos 2026, tal como fue aprobado previamente en la Cámara de Diputados. La decisión se tomó tras una reunión privada con funcionarios de alto nivel de la Secretaría de Hacienda y el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

En el encuentro participaron María del Carmen Bonilla Rodríguez, subsecretaria de Hacienda; Carlos Lerma, subsecretario de Ingresos; Gari Gevijoar Flores, administrador general de Recaudación del SAT; y Ricardo Carrasco, administrador general Jurídico del organismo. También acudió Mariana Molina, directora de Sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud, quien presentó los argumentos en favor del aumento al Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) aplicado a bebidas azucaradas y productos endulzados con edulcorantes. Según explicó, este incremento busca desincentivar el consumo de azúcar y reducir enfermedades crónicas como la obesidad y la diabetes.

De acuerdo con legisladores presentes, los representantes del gobierno federal defendieron el paquete económico sin proponer ajustes. En ese sentido, las comisiones de Hacienda y Estudios Legislativos del Senado sesionarán el próximo lunes para escuchar nuevamente a funcionarios de Hacienda, del SAT y de la Procuraduría Fiscal de la Federación, antes de pasar al proceso de dictaminación.

El martes siguiente, ambas comisiones planean aprobar los dictámenes correspondientes al Código Fiscal de la Federación, la Ley del IEPS, la Ley de Derechos y la propia Ley de Ingresos de la Federación.

Finalmente, el pleno del Senado discutirá y votará el conjunto de dictámenes el miércoles 29 de octubre, con lo que se prevé la ratificación sin cambios del paquete económico 2026 impulsado por el gobierno federal.

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SAT aplicará ISR a extranjeros del Mundial 2026 en México

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Los jugadores, entrenadores y demás integrantes de las selecciones nacionales que participen en la Copa Mundial de la FIFA 2026 dentro de territorio mexicano deberán pagar impuestos por los ingresos que generen durante el torneo. La obligación aplica a personas extranjeras que ingresen al país para realizar actividades remuneradas, conforme a las reglas fiscales vigentes.

La recaudación estará a cargo del Servicio de Administración Tributaria, a través del pago del Impuesto Sobre la Renta. El sustento legal se encuentra en las disposiciones publicadas el 28 de diciembre de 2025 como parte de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, difundida en el Diario Oficial de la Federación.

De acuerdo con la normativa, los futbolistas residentes en el extranjero que jueguen partidos del Mundial en México deberán cumplir con reglas específicas diseñadas para el certamen. El cobro no será general, sino que se limitará a los ingresos vinculados con actividades realizadas en el país y derivados de su participación en la competencia internacional.

El artículo 170 de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece que los deportistas residentes en el extranjero que obtengan ingresos por participar en espectáculos deportivos en México están sujetos a una tasa del 25 por ciento de ISR. Este impuesto se aplica únicamente sobre la parte del ingreso que corresponda a los partidos disputados en territorio nacional.

En contraste, los jugadores que residan físicamente en México no tendrán un tratamiento especial. En su caso, deberán pagar el ISR por el 100 por ciento de los ingresos que obtengan por su participación en la Copa del Mundo, conforme a la tarifa vigente.

En términos generales, los seleccionados extranjeros que jueguen el Mundial en México deberán cubrir el ISR por los ingresos generados durante el torneo, tanto por su pago por participar con su selección como por los premios en efectivo que obtengan.

Durante la fase de grupos del Mundial 2026 en México participarán las selecciones de México, Sudáfrica, Corea del Sur, Japón, Túnez, España, Uruguay y Colombia, además del ganador del Repechaje UEFA D y del Repechaje Intercontinental 1. Las disposiciones fiscales aplicarán únicamente a los ingresos vinculados con los encuentros disputados en el país.

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