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México

Arranca la BMV con ganancia primera sesión del año

La Bolsa Mexicana de Valores (BMV) arrancó la primera sesión del año con una ganancia de 0.97 por ciento, en línea con los mercados internacionales, luego de que el Congreso de Estados Unidos aprobó un acuerdo para evitar el precipicio fiscal.

El Índice de Precios y Cotizaciones (IPC) se ubica en niveles máximos de 44 mil 120.56 unidades, con 418.89 puntos más respecto al nivel previo, reflejando el incremento que presentan emisoras como Cemex, Grupo México y Walmart.

El mercado accionario local opera en línea con el promedio industrial Dow Jones de Estados Unidos que gana 1.81 por ciento, el Standard & Poor´s 500 sube 2.03 por ciento, y el índice tecnológico Nasdaq muestra un ascenso de 2.66 por ciento.

Las bolsas del mundo presentan alzas relevantes luego de que se alcanzó un acuerdo en torno al abismo fiscal en Estados Unidos por la noche, el cual retrasa el incremento de impuestos a los contribuyentes, destacan analistas financieros.

Las medidas incluyen un aumento de impuestos a personas con ingresos mayores a 400 mil dólares anuales y a parejas con más de 450 mil dólares al año, así como un aplazamiento de dos meses en los recortes al gasto programados.

“Las nuevas medidas son considerablemente menos severas en comparación con el abismo fiscal, lo cual disminuyó las preocupaciones por el consumo y la inversión en Estados Unidos”, explicó la directora de Análisis Económico-Financiero de Banco BASE, Gabriela Siller.

Esta mañana se opera un volumen de 10.5 millones de títulos por un importe de 254.6 millones de pesos, de un total de 61 emisoras que participan, de las cuales 51 ganan, ocho pierden y dos se mantienen sin cambio.

El IPC refleja el incremento que presentan las emisoras Cemex con 3.78 por ciento, Grupo México que avanza 0.96 por ciento, Walmart con 0.80 por ciento y América Móvil con 0.67 por ciento.

Por su parte, el tipo de cambio cotiza en 13.77 pesos por dólar, con una apreciación de 0.98 por ciento debido al tono positivo de los mercados por el acuerdo sobre el Fiscal Cliff, destacó Banco Ve por Más (BX+), que estimó el dólar en un rango para hoy de 12.73 y 12.83 pesos por dólar.

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México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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