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Opinión

NADIE FUIMOS CREEL Por Víctor Quintana

Hay de masacres a masacres. Todas dolorosas y execrables, todas vividas como tragedia desde los deudos de las y los asesinados, pero muy desiguales en la forma como se procesan desde el poder. En eso contrastan dos abominables matanzas de jóvenes: la de Creel, Chihuahua, el 16 de agosto de 2008 y la de Villas de Salvárcar, en Ciudad Juárez, el 31 de enero de 2010.

Ante esta segunda fue tal la presión de la sociedad civil organizada en Juárez y de la opinión pública nacional, que Calderón y Fernando Gómez Mont, su entonces secretario de gobernación, lanzaron el programa «Todos Somos Juárez», de inversiones en infraestructura social, de programas de seguridad pública, muy cuestionables, por cierto y con pocos resultados, como bien lo atestiguan quien ven y trabajan a Juárez desde abajo. Sin embargo, Calderón se hizo presente varias veces en la vulnerada urbe fronteriza para dar arranque y evaluar la marcha de su tan insuflado programa.

La masacre de Creel es la otra cara de la medalla. A pesar de ser la primera que se dio en el estado de Chihuahua en el marco del calderoniano-baeciano «Operativo Conjunto Chihuahua», su visibilidad, la atención que mereció por parte de los tres órdenes de gobierno es mucho menor a la de Salvárcar. A este poblado enclavado en el corazón de la Sierra Tarahumanara no acudió Calderón a recibir las denuncias y las quejas de las familias afectadas a pesar de que se le invitó especialmente. Ni siquiera el secretario de gobernación o alguien de segundo nivel del gobierno federal. No hubo ni hay ningún programa especial para garantizar la seguridad ciudadana en Creel y en sus alrededores, a pesar de que en marzo de 2010 la población fue tomada durante varias horas por uno de los cárteles, toma incluso filmada por las cámaras de la policía.
Peor todavía a la desatención oficial, hay que sumar  ahora la impunidad de los cómplices de la masacre. Hasta ahora ninguno de los diez supuestos autores materiales han sido detenidos, sólo tres individuos, confesos todos, que les facilitaron los vehículos para escapar conforme lo habían planeado antes de la matanza. Ellos son: Luis Raúl Pérez Alvarado, Sandro Romero Romero y Salvador Villa Cruz. El primero purga ya una condena de 82 años;  el proceso del segundo se ha alargado mucho porque su defensa ha interpuesto amparo tras amparo. Y Salvador Villa Cruz, alias el Villa acaba de ser puesto en libertad a principios de marzo.

La Fiscalía General del Estado acordó, desde el sexenio anterior, como Procuraduría General de Justicia, aplicarle al Villa el «criterio de oportunidad».  Por este recurso, el Ministerio Público llega a un acuerdo con el imputado para prescindir total o parcialmente de la persecución penal en razón de que el imputado proporcionó información útil sobre la participación en el delito de otros imputados. Utilidad que habrá que cuestionar pues de todas maneras los autores materiales de la masacre huyeron. No sólo eso, se libera al Villa de la obligación de reparar el daño a los deudos de las víctimas de la matanza, pues los cerca de 460 mil pesos que se pagaron por el funeral de las 13 personas y las consultas psicológicas para proporcionar terapia a sus familiares, que pagó en su  momento la procuraduría, se «abonan» a favor del Villa. Con esto, la garantía de reparación del daño a las víctimas prácticamente no se cumple o se cumple una mínima parte. Imagine usted: el daño de asesinar a 12 jóvenes y adultos y un bebé se repara con tan sólo 460 mil pesos: poco más de 15 mil pesos por persona ultimada. Hay que aclarar que, tanto los gastos funerarios como las terapias, no sólo constituyen el mínimo de reparación del daño a que tienen derecho las víctimas, también fueron una expresa y formal del gobierno del estado en su tiempo.

En eso está desembocando el caso de la masacre de Creel. En la invisibilización del horrible y doloroso hecho; en el menosprecio a las víctimas; en el apoyo del Estado a los cómplices; en la impunidad total a los autores del homicidio múltiple. Ninguna acción para reparar el daño a la comunidad; ningún programa especial para recomponer el tejido social de Creel. Nada. Nadie fuimos Creel.

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Opinión

La semilla. Por Raúl Saucedo

Libertad Dogmática

El 4 de diciembre de 1860 marcó un hito en la historia de México, un parteaguas en la relación entre el Estado Mexicano y la Iglesia. En medio de la de la “Guerra de Reforma», el gobierno liberal de Benito Juárez, refugiado en Veracruz, promulgó la Ley de Libertad de Cultos. Esta ley, piedra angular del Estado laico mexicano, estableció la libertad de conciencia y el derecho de cada individuo a practicar la religión de su elección sin interferencia del gobierno.

En aquel entonces, la Iglesia Católica ejercía un poder absoluto en la vida política y social del país. La Ley de Libertad de Cultos, junto con otras Leyes de Reforma, buscaba romper con ese dominio, arrebatándole privilegios y limitando su influencia en la esfera pública. No se trataba de un ataque a la religión en sí, sino de un esfuerzo por garantizar la libertad individual y la igualdad ante la ley, sin importar las creencias religiosas.
Esta ley pionera sentó las bases para la construcción de un México moderno y plural. Reconoció que la fe es un asunto privado y que el Estado no debe imponer una creencia particular. Se abrió así el camino para la tolerancia religiosa y la convivencia pacífica entre personas de diferentes confesiones.
El camino hacia la plena libertad religiosa en México ha sido largo y sinuoso. A pesar de los avances logrados en el lejano 1860, la Iglesia Católica mantuvo una fuerte influencia en la sociedad mexicana durante gran parte del siglo XX. Las tensiones entre el Estado y la Iglesia persistieron, y la aplicación de la Ley de Libertad de Cultos no siempre fue consistente.
Fue hasta la reforma constitucional de 1992 que se consolidó el Estado laico en México. Se reconoció plenamente la personalidad jurídica de las iglesias, se les otorgó el derecho a poseer bienes y se les permitió participar en la educación, aunque con ciertas restricciones. Estas modificaciones, lejos de debilitar la laicidad, la fortalecieron al establecer un marco legal claro para la relación entre el Estado y las iglesias.
Hoy en día, México es un país diverso en materia religiosa. Si bien la mayoría de la población se identifica como católica, existen importantes minorías que profesan otras religiones, como el protestantismo, el judaísmo, el islam y diversas creencias indígenas. La Ley de Libertad de Cultos, en su versión actual, garantiza el derecho de todos estos grupos a practicar su fe sin temor a la persecución o la discriminación.
No obstante, aún persisten desafíos en la construcción de una sociedad plenamente tolerante en materia religiosa. La discriminación y la intolerancia siguen presentes en algunos sectores de la sociedad, y es necesario seguir trabajando para garantizar que la libertad religiosa sea una realidad para todos los mexicanos.

La Ley de Libertad de Cultos de 1860 fue un paso fundamental en la construcción de un México más justo y libre. A 163 años de su promulgación, su legado sigue vigente y nos recuerda la importancia de defender la libertad de conciencia y la tolerancia religiosa como pilares de una sociedad democrática y plural.
Es importante recordar que la libertad religiosa no es un derecho absoluto. Existen límites establecidos por la ley para proteger los derechos de terceros y el orden público. Por ejemplo, ninguna religión puede promover la violencia, la discriminación o la comisión de delitos.
El deseo de escribir esta columna más allá de conmemorar la fecha, me viene a deseo dado que este último mes del año y sus fechas finales serán el marco de celebraciones espirituales en donde la mayoría de la población tendrá una fecha en particular, pero usted apreciable lector a sabiendas de esta ley en mención, sepa que es libre de conmemorar esa fecha a conciencia espiritual y Libertad Dogmática.

@Raul_Saucedo
rsaucedo@uach.mx

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