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México

Activa Chiapas alertas climáticas por frente frío

Tuxtla Gutiérrez • El instituto estatal de Protección Civil para el Manejo Integral de Riesgos de Desastres a través del Procedimiento estatal de Alerta por lluvias activó la alerta naranja por lluvias intensas de 70 a 150 mm, sobre las regiones norte y de los bosques.

Informó en un comunicado que la medida obedeció al paso del frente frío 36 por el estado de Chiapas y añadió que de igual forma activó la alerta amarilla por lluvias muy fuertes de 50 a 70 mm para la región Selva lacandona, Maya y Tulijá Tzeltal Chol.

De la misma forma, alerta azul por lluvias moderadas de 5 a 20mm para la región Metropolitana, Mezcalapa, De los Llanos, Valle Zoque, y Altos Tsotsil-Tseltal y alerta azul por lluvias ligeras de 0.1 – 5mm para la región Frailesca y Meseta Comiteca Tojolabal.

Añadió que el frente frío 36 se extiende esta mañana desde el oriente de Canadá hasta el centro del país pasando por la región del Istmo de Tehuantepec y a su paso genera precipitaciones importantes en el estado de Tabasco y norte de Chiapas, así como un evento de norte moderado a fuerte.

También informó que estas condiciones persistirán durante las próximas 24 horas con el desplazamiento del frente.

Esto, aunado al establecimiento de un sistema de baja presión al sur del golfo de México, favorece el potencial de lluvias fuertes a intensas en Tabasco y porción norte de Chiapas principalmente, así como descensos considerables en los valores de temperatura durante las próximas 24 horas.

Ante esto, el Sistema Estatal de Protección Civil exhortó a la población a mantener vigilados ríos y arroyos así como apoyar en la limpieza de calles y alcantarillas con el fin de evitar encharcamientos e inundaciones.

También recomendó a la ciudadanía acudir a un lugar seguro antes que den inicio las lluvias en caso de que vivan en zonas inundables, manejar con precaución ya que existe la posibilidad de derrumbes o deslaves, permanecer al pendiente de los medios de comunicación y de las condiciones de lluvia en su comunidad.

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México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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