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Línea del tiempo en las obras de Carlos Fuentes

 

Para recordar a Carlos Fuentes, les compartimos su vida en letras con una «línea del tiempo» de algunas de sus obras (novelas, relatos y cuentos, ensayo, teatro):

1954. Los días enmascarados
1958. La región más transparente
1959. Las buenas conciencias
1962. Aura
1962. La Muerte de Artemio Cruz
1964. Cantar de ciegos
1967. Cambio de piel
1969. La nueva novela hispanoamericana
1969. El mundo de José Luis Cuevas
1969. Cumpleaños
1970. Todos los gatos son pardos
1970. Casa de dos puertas
1971. Tiempo mexicano
1971. Los reinos originarios
1971. El tuerto es rey
1975. Terra nostra
1976. Cervantes o la crítica de la lectura
1978. La cabeza de la hidra
1980. Una familia lejana
1981. Agua quemada
1982. Orquídeas a la luz de la luna
1985. Gringo viejo
1987. Cristóbal Nonato
1990. Valiente mundo nuevo
1990. La campaña
1990. Constancia y otras novelas para vírgenes
1991. Ceremonias del alba
1992. El espejo enterrado
1993. Geografía de la novela
1993. El naranjo y los círculos del tiempo
1994. Diana o la cazadora solitaria
1995. Nuevo tiempo mexicano
1998. Retratos en el tiempo
1999. Los años con Laura Díaz
2000. Los cinco soles de México
2001. Instinto de Inez
2002. En esto creo
2003. La silla de águila
2004. Inquieta compañía
2004. Cuerpos y ofrendas
2004. Contra Bush
2005. Los 68. París, Praga, México
2006. Todas las familias felices
2007. Cuentos sobrenaturales
2007. Cuentos naturales
2008. La voluntad y la fortuna
2010. Viad
2010. Adán en edén
2011. La gran novela latinoamericana
2011. Carolina Grau
2012. El siglo despierta

El escritor Jorge F. Hernández comentó, durante un programa en MilenioTV, que Carlos Fuentes planeaba publicar dos libros más;  El Baile del Centenario y Federico en su Balcón

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México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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