Chihuahua
Al banco de los acusados Jose Manuel Domínguez y Guillermo Ávila por accidente en el Demolition Show
Por ser coparticipes imprudenciales del accidente del Demolition Show, la Fiscalía General del Estado presentará el próximo jueves 24 de octubre, en audiencia de formulación de imputación, a los exfuncionarios José Manuel Domínguez y Guillermo Ávila, de la Unidad Municipal de Protección Civil, así como a Felipe Valdez Cavazos, representante legal de la empresa «Espectáculos Extremos Aeroshow Chihuahua Vive en la Emoción», al igual que a Eliot Gerardo Castillo Hernández.
A los cuales se les podria imputar los delitos de homicidio, lesiones y daños en grado de imprudencial en contra de los 9 fallecidos y 95 lesionados en el espectaculo del Demolition Show del Extremop Aeroshow ocurrido el pasado 5 de octubre.
Los exfuncionarios municipales de ser responsables se les acusaría por el delito de ejercicio ilegal del servicio público, pues son los funcionarios responsables de estar presentes y prevenir situaciones de riesgo en el Aeroshow, y por sus conocimientos técnicos en materia de Protección Civil.
Bajo esta circunstancia, el Ministerio Público estaría agotando el primer paquete de funcionarios y organizadores implicados, sin embargo, permanece la investigación sobre algunos otros, pues las declaraciones recabadas hasta ahora de más de 100 individuos señalan la presencia física de otros funcionarios, como Javier Torres Cardona, subdirector de Gobernación Municipal.
Fuente: El Heraldo de Chihuahua
Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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