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Chihuahua

Abrirá Gobierno de Juárez refugio temporal para personas en situación de calle

La Dirección de Protección Civil abrirá este jueves 9 de diciembre, el refugio temporal invernal para las personas en situación de calle, con la intención de protegerlos de las bajas temperaturas que se aproximan para el próximo fin de semana, dio a conocer Roberto Briones Mota, titular de la dependencia.

Señaló que el refugio se ubica en la calle 20 de Noviembre, a un costado del Monumento a Benito Juárez en la colonia El Barreal, el cual será atendido por personal del Departamento de Rescate Municipal y tiene una capacidad para recibir a 80 personas.

Indicó que estará abierto a partir de las 9:00 de la mañana, pero el horario puede ir cambiando de acuerdo a como se presenten las condiciones climatológicas.

A las personas que lleguen a este refugio temporal se les proporcionará una colchoneta, cobijas, sopa, chocolate y café, comentó.

Briones Mota dijo que en la actual temporada invernal no se han presentado muertes por hipotermia, de ahí la necesidad de abrir el refugio para evitar que ocurran estos casos.

Mencionó que para el jueves hay alerta amarilla por ráfagas de viento que alcanzarán los 60 kilómetros por hora, además de un 20% de probabilidad de lluvia, debido a la llegada del frente frío número 13.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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