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México

Acepta ISSSTE recomendación de Derechos Humanos

El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) aceptó la Recomendación emitida por la CNDH, sobre una inadecuada atención médica del personal de Urgencias y Gineco-obstetricia del Hospital “Dr. Baudelio Villanueva Martínez”, en Reynosa, Tamaulipas.

El director general del ISSSTE, Sebastián Lerdo de Tejada, subrayó que el Instituto cumplirá cada encomienda y colaborará amplia y debidamente con la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

Asimismo, instruyó a revisar los protocolos de atención en los servicios médicos y de urgencias para evitar que se repitan hechos tan lamentables como el que propició la Recomendación 07/2015, por el caso de una adolescente de 16 años de edad que perdió al producto de su embarazo, por inadecuada atención médica.

El ISSSTE refirió que una vez que se integró el expediente CNDH/5/2013/4702/Q, se sometió ante el Comité de Quejas Médicas del Instituto, donde fue resuelto como procedente, por deficiencia médica y administrativa, aprobando el pago de una indemnización, por la cantidad de un millón 295 mil 200 pesos.

Asimismo, mediante oficio de fecha 31 de octubre del 2014, se dio intervención de este caso al Órgano Interno de Control en el Instituto, para que en el ámbito de su competencia determinara la probable responsabilidad administrativa de servidores públicos, señaló el organismo en un comunicado.

Por otra parte, el 11 de noviembre de 2014, el director general adjunto de Educación y Formación en Derechos Humanos de la CNDH informó que en atención a la solicitud de apoyo para la realización de un Programa Integral de Actualización y Sensibilización en Materia de Derechos Humanos, se había designado personal para la capacitación de los servidores públicos de la Clínica Hospital “Dr. Baudelio Villanueva Martínez” en Reynosa, Tamaulipas.

Fuente: La Crónica de Hoy

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México

Corte ordena a Chihuahua legislar contra injerencia extranjera en elecciones

Corte ordena a Chihuahua legislar contra injerencia extranjera en elecciones

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió este martes una orden al Congreso del Estado de Chihuahua para que legisle en contra de la injerencia extranjera en las elecciones estatales. Esta decisión se deriva de la conclusión de que el Congreso omitió incluir en su reforma electoral del 30 de junio una causal de nulidad que establece la Constitución federal, la cual debe ser considerada cuando la intervención externa influya en los resultados electorales.

El fallo fue aprobado por unanimidad y se produce en un contexto donde la gobernadora de Chihuahua, María Eugenia Campos Galván, del Partido Acción Nacional (PAN), fue acusada en mayo por el partido Morena de presunta “traición a la patria” debido a la participación de agentes de la Agencia Central de Inteligencia (CIA) de Estados Unidos en operaciones de seguridad en el estado.

Sin embargo, la adecuación legislativa que deberá realizar el Congreso local no podrá aplicarse al proceso electoral que comenzará el próximo 1 de octubre, ya que la Constitución establece que las modificaciones electorales fundamentales deben ser publicadas al menos 90 días antes del inicio del proceso electoral en el que se pretende aplicar. Por lo tanto, las nuevas disposiciones solo podrán entrar en vigor en el siguiente proceso electoral.

La resolución del Pleno de la SCJN se basa en un proyecto presentado por la ministra Sara Irene Herrerías Guerra, quien abordó cuatro acciones de inconstitucionalidad —96/2026 y sus acumuladas 97, 99 y 103— que fueron promovidas en contra de la reforma del 30 de junio a la Constitución de Chihuahua, la Ley Electoral y el Código Municipal del estado.

La ministra Herrerías Guerra explicó que el proyecto propone declarar fundados los agravios relacionados con la omisión legislativa, dado que el Congreso local sí legisló sobre infracciones, sanciones y nulidades vinculadas con violencia, delincuencia e influencia indebida. Sin embargo, no se logró armonizar de manera integral el régimen local con la nueva causa constitucional de nulidad.

Además, el fallo también identificó una omisión legislativa en materia de nepotismo electoral, a sugerencia de algunos ministros, aunque el proyecto original había concluido en sentido contrario. Esta adecuación tampoco tendrá efectos en el proceso electoral 2026-2027.

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