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Chihuahua

Advierten expertos consecuencias del Fracking en Chihuahua

El Foro Nacional de Impacto Ambiental y Social del Fracking, organizado por las Oficinas de Enlace del SenadorJavier Corral Jurado, el cual dijo “El tema que abordaremos ha propiciado decisiones muy valientes en otros países, por ejemplo, que en junio de 2011 la Asamblea Nacional Francesa decidió la prohibición de la exploración y explotación de yacimientos de hidrocarburos líquidos o gaseosos mediante la técnica del Fracking oFractación Hidráulica”, planteó el legislador chihuahuense.

El Foro Nacional de Impacto Ambiental y Social del Fracking, organizado por las Oficinas de Enlace del SenadorJavier Corral Jurado, el cual dijo “El tema que abordaremos ha propiciado decisiones muy valientes en otros países, por ejemplo, que en junio de 2011  la Asamblea Nacional Francesa decidió la prohibición de la exploración y explotación de yacimientos de hidrocarburos líquidos o gaseosos mediante la técnica del Fracking oFractación Hidráulica”, planteó el legislador chihuahuense.

La finalidad del evento fue precisamente informar y difundir las graves y desastrosas consecuencias multifactoriales que causa esta técnica para la salud y para el futuro del ecosistema global,ante lo cual, el primer expositor, el Doctor Luca Ferrari, expuso sobre el costo económico y energético de Hidrocarburos no convencionales, “la era de la energía barata y abundante se acabó; hemos empezado la explotación del petróleo y gas no convencional porque hemos alcanzado el pico de la producción petrolera convencional; más que una revolución es la jubilación de la era del petróleo”, señaló.

Ante tal importante análisis,  expuso los problemas y consecuencias que produce la extracción del petróleo y gas de lutitas “Alto costo energético, pues la diferencia entre la energía que se usa para la extracción y la que se obtiene del recurso es muchos menor que la del petróleo convencional; alto costo de producción, por lo que desvía grandes cantidades de capital de otros sectores, entre ellos el de las energías renovables; y más preocupante aún, es el alto costo ambiental por el uso y contaminación de agua, emisiones de gases de efecto invernadero, y el deterioramiento de infraestructura, dado que el agua de desecho contaminada por los agentes químicos de este proceso se guarda en grandes piscinas a cielo abierto, se reinyecta en otros pozos o se desecha en ríos y suelos después de haber sido tratada, y también se ha empleado para otros usos sin tratar”.

Con ello el investigador de origen italiano, concluyó: “Tenemos que respetar más al medio ambiente, porque estamos poniendo en riesgo la permanencia de un mundo habitable. Ganan los bancos y unas cuantas empresas, pero no la población”.

Fue el turno de Aroa de la Fuente, investigadora de Fundar Centro de Análisis y perteneciente a la Alianza Mexicana contra el Fracking, quien expuso de manera ilustrativa las consecuencias de la explotación del gas shale, y las implicaciones para su sustentabilidad, dando seguimiento así a la línea informativa de Ferrari.

Seguido de la participación de la investigadora española, Javier Valdés Villarreal, activista mexicano que ha dedicado muchos años a la investigación del Fracking abordó el tema de la energía eléctrica con fuentes renovables: «Las empresas del petróleo no atienden los efectos colaterales que dañan al planeta, por ello es barato, y por ello sigue siendo negocio, por esa falta de responsabilidad», lamentó.

Finalmente Francisco Cravioto coincidió con los demás ponentes en que el costo de esta técnica resulta demasiado costosa, tanto económica, como ambiental, y expuso los actos de la industria energética que perjudican sin reparar en las consecuencias no sólo a corto y largo plazo, sino permanentes.

Entre los peligros más destacables de la explotación minera incorrecta están que se genera drenaje acido, se contamina el subsuelo con metales pesados, y acaban por contaminar a los propios seres vivos de la zona, en especial los que se utilizan para el consumo humano. La solución no es prohibir la explotación minera, sino regularizar las prácticas de la misma, que obedecen sólo a los intereses económicos de pequeños grupos empresariales.”

Este evento de carácter informativo fue especialmente realizado en beneficio de la sociedad del estado de Chihuahua, pues a pesar del desconocimiento del tema, hay que recordar que el subsuelo de la región es poseedor de cantidad de hidrocarburos, y se corre el riesgo que en un futuro no muy lejano, el sector industrial mexicano o internacional considere implementar la técnica de Fracking en esta entidad mexicana.

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Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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