La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el presidente Andrés Manuel López Obrador difundió propaganda gubernamental en período prohibido, realizó promoción personalizada, hizo uso indebidamente recursos públicos y vulneró los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la elección, por sus declaraciones en la conferencia “mañanera” del pasado 12 de abril de 2024, que fueron susceptibles de generar una influencia “indebida”.
La Sala Especializada consideró que las expresiones de AMLO son consideradas infractoras, porque trataron sobre logros y acciones de gobierno; además que fueron de carácter electoral y fueron susceptibles de generar una influencia “indebida”en los procesos electorales federal y locales.
“Las expresiones fueron consideradas infractoras, porque versaron sobre logros y acciones de gobierno, es decir, constituyeron propaganda gubernamental, cuya difusión debe suspenderse desde el inicio de la campaña y hasta la conclusión de la jornada electoral. Además, fueron de carácter electoral (hubo una intención de rechazo hacia una candidatura y opciones políticas diferentes a la que lo llevó al poder) y fueron susceptibles de generar una influencia indebida en los procesos electorales federales y locales”, señaló.
AMLO no puede ser sancionado
A través de un comunicado, la Sala Especializada explicó que el presidente no puede ser sancionado por infracciones electorales, de acuerdo con la Constitución, pero sí se declara su responsabilidad por las infracciones señaladas, según criterios sostenidos por la Sala Superior de este tribunal.
Además se responsabilizó por las mismas conductas s los siguientes funcionarios:
- Jesús Ramírez Cuevas, coordinador de Comunicación Social y vocero de la Presidencia
- Jessica Ramírez González, directora general de Comunicación Digital de la Presidencia
- Pedro Daniel Ramírez Pérez, jefe de departamento adscrito a la citada coordinación
- Sigfrido Barjau de la Rosa, director del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales (Cepropie)
De dichas personas servidoras públicas, se ordenó dar vista al Órgano Interno de Control de la Presidencia de la República para que determine lo que en Derecho corresponda.