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Opinión

Anticorruptelas escenográficas. Por Javier Valero

A más de uno de los lectores le podrá parecer exagerada la comparación, pero de esas dimensiones es lo que hoy sucede en el Estado Grande.

Primero establezcamos que, de acuerdo con la nueva legislación, el Sistema Estatal Anticorrupción (SEA) debe contar con un Comité Coordinador, encabezado por el Presidente del Comité Ciudadano, e integrado por el Auditor Superior del Estado; el titular de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción; el titular de la Secretaría de la Función Pública; el Presidente del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa; el Presidente del Consejo de la Judicatura y del Tribunal Superior de Justicia (TSJ); y el Comisionado Presidente del Ichitaip.

Sus funciones y facultades son muchas y variadas, pero fundamentalmente la del “diseño y promoción de políticas integrales en materia de fiscalización y control de recursos públicos, de prevención, control y disuasión de faltas administrativas y hechos de corrupción, en especial sobre las causas que los generan… La determinación de los mecanismos de suministro, intercambio, sistematización y actualización de la información que sobre estas materias generen las instituciones competentes de los órdenes de gobierno…”. Art. 187 Constitución de Chihuahua.

Sorpresivamente, el miércoles fue convocada la instalación del Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción (CC-SEA), a realizarse el jueves por la mañana en las instalaciones del Tribunal Superior de Justicia.

Para esa instalación no fue convocada la vocera -e integrante- de la Comisión Seleccionadora del Comité Ciudadano, Olga Ponce, a la cual pertenece el presidente del CC-SEA.

La convocatoria se hizo en momentos por demás difíciles para la buena marcha de varias instituciones del gobierno de Chihuahua.

Por una parte, el amparo otorgado a Rodolfo Leyva que lo restituye en la presidencia del Ichitaip, que aún está pendiente de resolverse en definitiva pues Alejandro de la Rocha -quien fuera nombrado presidente, luego de la ilegal destitución de Leyva- tiene derecho a presentar una revisión del amparo otorgado a Leyva; y, por otra, las resoluciones pendientes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre la legalidad, o no, de la destitución de Gabriel Sepúlveda en la presidencia del TSJ y las de las facultades e integración del Consejo de la Judicatura.

Sin adelantar en qué sentido se dieran tales resoluciones, lo cierto es que existe, sobre esas instancias, un velo de incertidumbre.

Bueno, pues ese es el escenario. Ahora, imaginemos por un instante que el ganador de las elecciones del 2016 no hubiese sido Javier Corral y que el candidato del PRI, Enrique Serrano, hubiese triunfado y que, por tanto, el presidente del Tribunal Superior de Justicia fuera el magistrado Gabriel Sepúlveda (militante del PRI y amigo de Serrano y de César Duarte); que el Auditor Superior del Estado fuese, todavía, Jesús Manuel Esparza, también militante del PRI y amigo del ex gobernador Duarte, y de Serrano; que la Secretaria de la Función Pública fuese, otra vez, Liz Aguilera, también priista y amiga de Serrano, o Karina Velázquez, la ex presidenta del PRI estatal; que el presidente del Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción (SEA) fuese un destacado priista y que en el Ichitaip hubiesen nombrado a otro priista en la presidencia.

Más aún, que a nombre del Congreso, a la instalación del Comité Coordinador del SEA hubiese acudido una diputada del PRI y que, a su vez, el Presidente de la Comisión de Vigilancia y Fiscalización del Congreso fuese otro priista y que todos ellos hubiesen realizado la instalación de ese Comité Coordinador del SEA (CC-SEA), integrado por ¡Puros militantes priistas o personas muy cercanas al PRI o a los funcionarios estatales, en ese hipotético escenario en el que el triunfador hubiese sido el priista Enrique Serrano!

¿Se imaginan el escándalo, hasta internacional, que hubiesen armado los dirigentes y militantes del PAN?

¿Se imaginan que hubiesen hecho las organizaciones sociales derechohumanistas y las dedicadas a vigilar la transparencia del gobierno de Chihuahua?

El principal argumento para descalificar tal instalación hubiese sido que el total de sus integrantes eran del partido en el gobierno, o que mantenían estrechos lazos con el grupo gobernante.

Bueno, pues eso hizo del gobierno del amanecer el jueves anterior, aunque con una cantidad mayor de agravantes.

No son cualquier cosa.

El Presidente del TSJ está pendiendo de la resolución de la SCJN, si bien no se le conoce filia pública con el PAN al magistrado Julio César Jiménez Castro, es a quien el gobernador Corral impulsó para que ocupara esa posición; el Auditor Superior del Estado, Armando Valenzuela, es encargado del despacho y es cercano al mandatario estatal, además de que su posición está cuestionada; el presidente del CC-SEA es José Enríquez Tamez, miembro del PAN y que, de acuerdo con la normatividad nacional, no debiera ocupar esa posición, precisamente por su militancia; la Secretaria Estefany Olmos, que no es militante del PAN, pero es claramente de las confianzas del gobernador Corral.

La instalación del CC-SEA, la principal instancia que, de acuerdo con los ejes del gobierno del amanecer, sería la columna vertebral en el combate a la corrupción gubernamental lo hacen parcialmente, con casi la mitad de sus integrantes o ausentes, o sometidos a cuestionamientos judiciales y, peor, que sus nombramientos obedecen a su cercanía con el gobernante.

A esa escenográfica instalación, acudieron la diputada Blanca Gámez (PAN), en representación del Congreso del Estado y Jorge Soto (También del PAN) como presidente de la Comisión de Fiscalización.

Más aún, el CC-SEA no tiene asignado ni presupuesto, ni instalaciones; no posee empleados, ni funcionarios; no tiene una ley reglamentaria y aún no se aprueba por el Congreso del Estado la regulación del nombramiento del Fiscal Especial Anticorrupción y, tampoco, del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa; por tanto, tampoco están nombrados sus titulares, que son parte fundamental del CC-SEA.

Si el Comité Coordinador del SEA tiene estos problemas ¿Cuál es la razón de la convocatoria para su instalación? ¿Acaso en la reinstalación de Rodolfo Leyva y sus tronantes posturas en contra del gobernador Corral?

Lo hemos dicho reiteradamente, el gobierno encabezado por Javier Corral tendría retos mayores, superiores a los que podrían haber encarado sus antecesores, pues emergía de un vasto rechazo a un gobierno y a su partido por los innumerables y evidentes actos de corrupción.

Los antecedentes, en materia de desarrollo democrático, hacían esperar mejores resultados de una administración dirigida por Corral.

Más aún, estaba obligado a mantener, a costa de cualquier precio, la congruencia; que sus dichos fuesen respaldados por las acciones de gobierno.

La frustrada instalación del CC-SEA es otro ejemplo emblemático de lo contrario ¿Cómo pretender, mediante un acto escenográfico, acompañados solo de los suyos, en medio de una crisis institucional, instalar el órgano operativo de la ofensiva anticorrupción en Chihuahua, si nace cojo, ciego, pobre y cuestionado?

No son exageraciones, nace cojo pues aún le faltan dos titulares, fundamentales para su funcionamiento, el fiscal anticorrupción -¡Nomás!- y el titular del tribunal encargado de vigilar todo lo referente a lo administrativo; ciego, pues aún no tiene regulaciones; pobre pues no tiene presupuesto asignado y cuestionado por la SCJN.

¿Pues qué les pasa?

Lo que menos necesita la sociedad chihuahuense es una política gubernamental de simulación, en momentos en que la contienda presidencial -de la que no se escapan los protagonistas locales- evidencia lo peor de la clase política y en la que el factor común es ese, la simulación.

¿Cómo integrar un organismo para combatir la corrupción gubernamental con puros allegados al grupo gobernante?

¿En qué momento perdieron la brújula ciudadanizadora? ¿O nunca la tuvieron realmente?

¡Híjole!

¿Porqué tanta premura en la instalación de un organismo, supuestamente emblemático del quehacer del gobierno del amanecer?

¿Porqué hacerlo cuando están en una crisis de legitimidad y, peor aún, de legalidad, puesta en entredicho, no por el Comisionado Leyva, sino por un juez federal que, además, ha ordenado que no recurran al mismo procedimiento, en caso de reinstalar a Leyva?

Es decir, que no podrán hacer como que respetan su resolución y luego, como lo hicieron los diputados duartistas con dos de las comisionadas del actual Ichitaip, volverlas a nombrar, pues, recalca, no tienen facultades para hacerlo, es decir, no pueden destituir a su presidente, fondo del asunto que ahora tiene en vilo al órgano garante de la transparencia en Chihuahua y de cuya actuación está tan pendiente el gobierno que le prometió a sus gobernados ser el más transparente del país, pero que ahora efectúa una y mil maniobras para mantener bajo su control a todas las instancias y dependencias encargadas ¡De vigilarlo!

Urge una política de distensión y de reflexión en el grupo gobernante; contra su percepción crece la desilusión popular hacia su quehacer, y el rechazo a su concepción autoritaria del ejercicio del poder es, por momentos, avasallante.

Aún están a tiempo de recuperar el rumbo perdido. No tienen mucho.

asertodechihuahua@yahoo.com.mx; Blog: luisjaviervalero; Twitter: /LJValeroF; Facebook: Aserto

Opinión

La semilla. Por Raúl Saucedo

Libertad Dogmática

El 4 de diciembre de 1860 marcó un hito en la historia de México, un parteaguas en la relación entre el Estado Mexicano y la Iglesia. En medio de la de la “Guerra de Reforma», el gobierno liberal de Benito Juárez, refugiado en Veracruz, promulgó la Ley de Libertad de Cultos. Esta ley, piedra angular del Estado laico mexicano, estableció la libertad de conciencia y el derecho de cada individuo a practicar la religión de su elección sin interferencia del gobierno.

En aquel entonces, la Iglesia Católica ejercía un poder absoluto en la vida política y social del país. La Ley de Libertad de Cultos, junto con otras Leyes de Reforma, buscaba romper con ese dominio, arrebatándole privilegios y limitando su influencia en la esfera pública. No se trataba de un ataque a la religión en sí, sino de un esfuerzo por garantizar la libertad individual y la igualdad ante la ley, sin importar las creencias religiosas.
Esta ley pionera sentó las bases para la construcción de un México moderno y plural. Reconoció que la fe es un asunto privado y que el Estado no debe imponer una creencia particular. Se abrió así el camino para la tolerancia religiosa y la convivencia pacífica entre personas de diferentes confesiones.
El camino hacia la plena libertad religiosa en México ha sido largo y sinuoso. A pesar de los avances logrados en el lejano 1860, la Iglesia Católica mantuvo una fuerte influencia en la sociedad mexicana durante gran parte del siglo XX. Las tensiones entre el Estado y la Iglesia persistieron, y la aplicación de la Ley de Libertad de Cultos no siempre fue consistente.
Fue hasta la reforma constitucional de 1992 que se consolidó el Estado laico en México. Se reconoció plenamente la personalidad jurídica de las iglesias, se les otorgó el derecho a poseer bienes y se les permitió participar en la educación, aunque con ciertas restricciones. Estas modificaciones, lejos de debilitar la laicidad, la fortalecieron al establecer un marco legal claro para la relación entre el Estado y las iglesias.
Hoy en día, México es un país diverso en materia religiosa. Si bien la mayoría de la población se identifica como católica, existen importantes minorías que profesan otras religiones, como el protestantismo, el judaísmo, el islam y diversas creencias indígenas. La Ley de Libertad de Cultos, en su versión actual, garantiza el derecho de todos estos grupos a practicar su fe sin temor a la persecución o la discriminación.
No obstante, aún persisten desafíos en la construcción de una sociedad plenamente tolerante en materia religiosa. La discriminación y la intolerancia siguen presentes en algunos sectores de la sociedad, y es necesario seguir trabajando para garantizar que la libertad religiosa sea una realidad para todos los mexicanos.

La Ley de Libertad de Cultos de 1860 fue un paso fundamental en la construcción de un México más justo y libre. A 163 años de su promulgación, su legado sigue vigente y nos recuerda la importancia de defender la libertad de conciencia y la tolerancia religiosa como pilares de una sociedad democrática y plural.
Es importante recordar que la libertad religiosa no es un derecho absoluto. Existen límites establecidos por la ley para proteger los derechos de terceros y el orden público. Por ejemplo, ninguna religión puede promover la violencia, la discriminación o la comisión de delitos.
El deseo de escribir esta columna más allá de conmemorar la fecha, me viene a deseo dado que este último mes del año y sus fechas finales serán el marco de celebraciones espirituales en donde la mayoría de la población tendrá una fecha en particular, pero usted apreciable lector a sabiendas de esta ley en mención, sepa que es libre de conmemorar esa fecha a conciencia espiritual y Libertad Dogmática.

@Raul_Saucedo
rsaucedo@uach.mx

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