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México

Aprueban nuevamente las corridas de toros en la Plaza México

El juez José Luis González revocó la medida cautelar y señaló que la suspensión afecta el interés social y el orden público.

México.- Un juez federal concedió un amparo a favor de la asociación Todas y Todos por Amor a los Toros, que impugnó la suspensión de las corridas de toros en la Plaza México, ordenada por una jueza de distrito en enero de 2024.

El juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa, José Luis González, revocó la medida cautelar que había dictado la jueza Sandra de Jesús Zúñiga, quien consideró que los espectáculos taurinos violaban el derecho a un medio ambiente sano y la protección de los animales, establecidos en la Constitución de la Ciudad de México.

El juez González argumentó que la suspensión provisional era improcedente, ya que no se acreditó el interés legítimo de la asociación civil Justicia Justa, que presentó el primer amparo contra el Reglamento Taurino y la Ley para Celebración de Espectáculos Públicos de la capital.

Créditos: Agencia México. 

Asimismo, el abogado señaló que la suspensión afecta el interés social y el orden público, al impedir el ejercicio de una actividad cultural y económica que cuenta con el respaldo legal y el reconocimiento social.

Con esta resolución, el magistrado González permitió la reanudación de las corridas de toros en la Plaza de Toros México, que habían sido suspendidas desde el 31 de enero de 2024, cuando la jueza Zúñiga otorgó el amparo a Justicia Justa.

La decisión del jurista fue celebrada por la asociación Todas y Todos por Amor a los Toros, que agrupa a aficionados, empresarios, ganaderos y toreros, quienes consideran que la fiesta brava es una tradición y un arte que debe ser respetado y preservado.

Por el contrario, la resolución fue rechazada por las organizacionesdefensoras de los animales, que han denunciado el maltrato y la crueldad que sufren los toros en las corridas, y han exigido su prohibición definitiva.

Créditos: Agencia México. 

La controversia legal sobre las corridas de toros en la Ciudad de México se remonta al año 2022, cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó un fallo judicial que impedía realizarlas. Desde entonces, se han presentado varios recursos de amparo por ambas partes, que han provocado la suspensión y el restablecimiento de la actividad taurina en varias ocasiones.

La Plaza de Toros México, considerada la más grande del mundo, tiene programadas corridas hasta el 17 de marzo de 2024, con figuras como el matador francés Sebastián Castella o los rejoneadores españoles Pablo Hermoso de Mendoza y Andy Cartagena. Sin embargo, el futuro de estos espectáculos aún depende de la resolución definitiva de los amparos pendientes, así como de la posible realización de una consulta popular sobre el tema, propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador.

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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