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Chihuahua

Asiste a conferencia de Patricia Mercado en Casa Chihuahua

 

El Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, en el marco de su XV aniversario, presentará una conferencia magistral mañana martes, en la que Patricia Mercado hablará sobre la aportación de las mujeres a la vida política.

A 15 años de su fundación el Instituto Estatal Electoral, ha sabido posicionarse como una pieza fundamental de la sociedad, logrando un rápido desarrollo entre sus distintas etapas de creación, crecimiento y consolidación.

Hoy por hoy se continúa con la difusión de educación cívica de manera permanente, además de lograr un aumento en la participación ciudadana y la celebración de procesos electorales transparentes.

Como parte de sus festejos, en su XV aniversario y también con motivo de la celebración del día internacional de la mujer, el Instituto Estatal Electoral realizará una serie de conferencias, siendo la primera de éstas: “Los Aportes de las Mujeres en la Democracia”, que será impartida por la Licenciada Patricia Mercado Castro, ex candidata presidencial en la elección 2006.

Para ello se invita al público en general a que acuda a dicha conferencia, el martes 13 de marzo del año en curso, a las 5 de la tarde en el Museo Casa Chihuahua.

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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