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Chihuahua

¡Cambiarán mañana rutas de transporte!

 

Para mañana, la Dirección de Transporte del Estado, modificará la circulación de transporte Urbano de Pasajeros por espacio aproximado de seis horas las 17 rutas que pasan por la avenida Ocampo, debido a los trabajos de infraestructura del Nuevo Sistema de Transporte «Vive Bus».

En lugar de tomar su recorrido habitual por la avenida Ocampo hacia el Sur, los camiones doblarán a la derecha por la calle Victoria hasta llegar al bulevar Díaz Ordaz, siguiendo por dicha vía hasta la avenida 20 de Noviembre, donde las unidades darám vuelta a la izquierda hasta llegar de nuevo a la avenida Ocampo, donde continuarán su curso normal.

El desvío comenzará a las 8:00 horas y terminaría a las 14:00, por lo cual se pide comprensión a la ciudadanía, que dentro de unos meses podrá hacer uso de todos los beneficios de un sistema de transporte moderno y eficiente.

Las rutas que verás afectado su curso serán la Circunvalación 2, Ramiro Valles, Rosario, Cerro de la Cruz por Centro, Santa Rosa-San Rafael, Villa Juárez Reloj y Aeropuerto; Así mismo Punta Oriente, Urbi Villas del Prado, Sierra Azul, Komatsu, Ruta 1, Ruta 15, Mármol, Dale, Ávalos, Kennedy y Ruta 5.

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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