México
Captación de agua de lluvia en bosques y selvas, podría abatir incendios
En los últimos años los incendios forestales se han convertido en preocupación para instituciones gubernamentales y de la sociedad nacional por la destrucción de entornos ecológicos, aumento del bióxido de carbono en la atmósfera, debilitamiento y pérdida de bosques, selvas, suelos, pastizales y grandes áreas de matorrales.
También preocupa la pérdida de vidas humanas y la huida de la fauna silvestre de extensiones afectadas por los siniestros que, en un 97% se deben al factor humano que puede ser intencional o por descuido.
Igual que otros países, México se ha visto impactado por este fenómeno, el cual en determinado grado es efecto del cambio mundial del clima, con extensión del periodo de escasez de lluvias. Cada año, en promedio, se presentan 10 mil 521 incendios forestales afectando en promedio 292 mil 700 hectáreas (SEMARNAT, 2012).
Así por ejemplo, durante el periodo 2004 – 2011, los estados de Coahuila, Oaxaca, Chiapas, Chihuahua, Durango, Baja California, Jalisco, Quintana Roo, Guerrero, Michoacán, Sonora, Zacatecas y México han sido los de mayor superficie afectada.
El Colegio de Postgraduados, institución académica con experiencia de más de 40 años de capacitar a especialistas en diversas disciplinas de las ciencias agrícolas, forestales y económicas, con grados de maestría y doctorado, considera que el combate y control de incendios en nuestro país es posible atacarlo con tecnologías dominadas y sin permitir que se quemen grandes extensiones por no disponer de agua en lugares cercanos a donde inciden los siniestros.
El doctor Manuel Anaya Garduño, director del Centro Internacional de Demostración y Capacitación en Aprovechamiento de Agua de Lluvia (CIDECALLI) del Colegio de Postgraduados, explicó la importancia de construir una red de depósitos en sitios estratégicos para la captación del agua de lluvia dentro de las zonas forestales, con el propósito de que las aeronaves y tanques terrestres lleguen a apagar los incendios con la oportunidad que estos fenómenos precisan.
Dijo que la principal limitante para el uso de las aeronaves, consiste en la disponibilidad de sitios para abastecerse de agua en áreas cercanas a los incendios, requiriéndose en ocasiones varias horas para que un helicóptero se abastezca de agua y regrese al área del incendio.
Así, el factor tiempo y la lejanía de las fuentes de agua, reducen la oportunidad de llegar a combatir eficientemente el siniestro y utilizar a su capacidad las aeronaves especializadas en el combate y control de incendios.
Coincidieron en que los Sistemas de Captación y Aprovechamiento del Agua de Lluvia (SCALL) son innovaciones tecnológicas para hacer frente a la escasez de agua bajo diferentes escenarios. Se utilizará la metodología propuesta por el CIDECALLI adaptándola para el abastecimiento de agua de aeronaves destinadas al control de incendios forestales en áreas propuestas, a partir de la generación de un modelo de aptitud territorial basado en un Sistema de Información Geográfica (SIG) a fin de determinar la mejor ubicación de los SCALL y su diseño más conveniente en el área de estudio.
México
Corte ordena a Chihuahua legislar contra injerencia extranjera en elecciones
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió este martes una orden al Congreso del Estado de Chihuahua para que legisle en contra de la injerencia extranjera en las elecciones estatales. Esta decisión se deriva de la conclusión de que el Congreso omitió incluir en su reforma electoral del 30 de junio una causal de nulidad que establece la Constitución federal, la cual debe ser considerada cuando la intervención externa influya en los resultados electorales.
El fallo fue aprobado por unanimidad y se produce en un contexto donde la gobernadora de Chihuahua, María Eugenia Campos Galván, del Partido Acción Nacional (PAN), fue acusada en mayo por el partido Morena de presunta “traición a la patria” debido a la participación de agentes de la Agencia Central de Inteligencia (CIA) de Estados Unidos en operaciones de seguridad en el estado.
Sin embargo, la adecuación legislativa que deberá realizar el Congreso local no podrá aplicarse al proceso electoral que comenzará el próximo 1 de octubre, ya que la Constitución establece que las modificaciones electorales fundamentales deben ser publicadas al menos 90 días antes del inicio del proceso electoral en el que se pretende aplicar. Por lo tanto, las nuevas disposiciones solo podrán entrar en vigor en el siguiente proceso electoral.
La resolución del Pleno de la SCJN se basa en un proyecto presentado por la ministra Sara Irene Herrerías Guerra, quien abordó cuatro acciones de inconstitucionalidad —96/2026 y sus acumuladas 97, 99 y 103— que fueron promovidas en contra de la reforma del 30 de junio a la Constitución de Chihuahua, la Ley Electoral y el Código Municipal del estado.
La ministra Herrerías Guerra explicó que el proyecto propone declarar fundados los agravios relacionados con la omisión legislativa, dado que el Congreso local sí legisló sobre infracciones, sanciones y nulidades vinculadas con violencia, delincuencia e influencia indebida. Sin embargo, no se logró armonizar de manera integral el régimen local con la nueva causa constitucional de nulidad.
Además, el fallo también identificó una omisión legislativa en materia de nepotismo electoral, a sugerencia de algunos ministros, aunque el proyecto original había concluido en sentido contrario. Esta adecuación tampoco tendrá efectos en el proceso electoral 2026-2027.
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