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Chihuahua

Causa obras en la ciudad retraso de sólo 5 minutos en transporte público

 

Las rutas de camión del Servicio Público de transporte Colectivo Urbano de Pasajeros, continúa trabajando de manera normal en la ciudad de Chihuahua, pese a las obras del Nuevo Sistema de Transporte «Vive Bus».

Las vialidades presentan solo cierres parciales en tramos largos y sólo ha sido necesario desviar en lo mínimo la ruta sin afectar las paradas, pues acaso algunas de ellas han tenido que ser recorridas si mucho 50 metros.

La única afectación tangible hasta el momento es el incremento de 5 minutos en el trayecto, aunque en casos especiales como el de la ruta Circunvalación 2, no ha sido necesario incrementar el riempo de la vuelta.

En el caso de la ruta Aeropuerto, el tiempo normal de trayecto es de 1 hora con 56 minutos, pero ahora es de 2 horas con un minuto; la ruta 100 recorre su trayecto normal en 1 hora con 38 minutos y ahora lo hace en 1 hora con 43 minutos, mientras que la Centro Norte de 2 horas con 6 minutos, pasó a 2 horas con 11, tan solo por citar algunos ejemplos.

La determinación de incrementar el tiempo de recorrido, es para dar margen de manejo responsable a los choferes, luego de que pierden tiempo en los congestionamientos derivados de las obras.

Luego de realizar una serie de talleres durante el mes de Marzo, en los cuales participaron choferes, permisionarios y autoridades estatales de la Dirección de Transporte, se llegó a la conclusión mediante un fluído diálogo entre las partes, que gran parte de los accidentes de camión urbano se originaban por la prisa de los conductores por terminar a tiempo el recorrido.

Los inspectores de la Dirección de transporte de Gobierno del Estado, son los encargados de garantizar que los camiones cumplan con los horarios establecidos, en pos de una circulación fluída del transporte público en beneficio de la ciudadanía.

La dependencia informará de manera puntual en caso de alguna eventualidad, como podría ser la desviación significativa de algunas rutas de camión por determinada circunstancia ajena o no, de los trabajos de obra en diferentes puntos y sectores de la capital del estado.

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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