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México

Cero citas en el SAT

Hace unos días un radioescucha envió un mensaje desesperado al programa de radio que conduzco con Lupita Juárez: “Mi nombre es Humberto Mondragón Sánchez. Estamos constituyendo una empresa familiar. Se hizo el trámite de constitución ante notario público. Tenemos ya la escritura de constitución de la empresa. Al querer dar de alta ante el SAT nos topamos con que no hay cita para inscripción de personas morales y nos dicen que casi tiene casi cuatro meses ese problema. O sea, la 4T no quiere la creación de nuevas empresas privadas. ¡Qué mal.!”.

 

La verdad es que el problema tiene bastante más que cuatro meses. A mí me tocó sufrirlo en 2020. Entonces se justificaba por la pandemia; pero, aunque se nos ha dicho varias veces que sería superado, la pesadilla continúa. No sólo afecta a las empresas, a las llamadas “personas morales”, sino también a las personas físicas que quieren tener actividades productivas. Recibí cientos de comentarios sobre el tema cuando difundí el caso en Twitter: “En mi caso, meses esperando registrar una empresa. Mi idea, mi ilusión de tener un negocio, postergado”, comentó JM Gaytán (@jmgbiker). Josué Mosqueda (@JosueMosiba) añadió: “Yo he pagado hasta 3 mil pesos por una cita, y por amigos en el medio me he enterado que las llegaron a vender hasta en 10 mil “.

 

No tendría por qué ser así. Uno de los compromisos de Andrés Manuel López Obrador como candidato fue llevar a cabo una simplificación radical del sistema fiscal. El 4 de septiembre de 2018, cuando era Presidente electo, afirmó en Monterrey que impulsaría una “reforma fiscal que desde mi punto de vista tendrá como elemento básico la simplificación, confiar en el ciudadano, el contribuyente, no verlo como un delincuente en potencia, sino como un ciudadano responsable”. Sí, el nuevo sistema se basaría en la confianza en los contribuyentes. Las revisiones se harían de manera aleatoria. Pagar impuestos sería un proceso sencillo que cualquiera pudiera realizar.

Al SAT hay que reconocerle una gran eficiencia en la recaudación. A pesar de la baja del IVA en las fronteras, y de los problemas económicos de los últimos años, ha logrado aumentar los ingresos. La informatización ha avanzado de manera muy importante. Hoy la autoridad sabe minuto a minuto cuál es la situación fiscal de cada contribuyente. Los asalariados con un solo empleo pueden recibir de manera electrónica su declaración anual ya hecha y cubrirla de manera rápida y sencilla.

 

El problema es la obligación del contribuyente de presentarse físicamente en una oficina del SAT para registrar sus datos biométricos. Ahí se ha colapsado el sistema, especialmente desde el inicio de la pandemia. El resultado ha sido convertir lo que debería ser un simple trámite en un obstáculo enorme a la creación de nuevas empresas y a la actividad productiva de las personas. Parecería que el objetivo es castigar el pago de impuestos, promover la economía informal y favorecer la corrupción.

Los empleados del SAT hacen un trabajo eficiente y la institución ha mantenido su profesionalismo en este sexenio. Pero es importante modificar las reglas. Si el SAT no tiene capacidad para dar citas suficientes, debe eliminarse o posponerse el requisito de la inscripción presencial. Esto no debería ser un problema. El contribuyente puede operar de manera provisional hasta que el SAT tenga capacidad de atenderlo. Después de todo, el propio Presidente prometió que su Gobierno confiaría en los contribuyentes.

 

El presidente López Obrador justificó ayer haber firmado la carta de respaldo a la vicepresidenta argentina Cristina Fernández, pese a la filosofía de no intervención en asuntos de otros países, porque “no se debe usar la impartición de justicia con propósitos políticos”. Curioso, porque eso es lo que está ocurriendo cada vez más en nuestro País.

 

Sergio Sarmiento es periodista y analista político/ comentarista de televisión.

 

Fuente: elimparcial.com

 

 

 

 

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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