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Chihuahua

Clausuran negocio de chatarra por encontrar vehículo con reporte de robo.

Un negocio de dicado al ramo de compra venta de chatarra fue clausurado por encontrarse en su interior un vehículo desmantelado con reporte de robo.

Lo anterior como resultado del operativo conjunto de inspección de negocios dedicados a la compra venta de chatarra y autopartes usadas, que se efectúa de manera coordinada con el objetivo de inhibir la comercialización de piezas y vehículos robados.

Los agentes luego de ingresar al negocio denominado “Nombre de Dios Chatarra”, ubicado sobre la av. Juan Escutia y América Latina. se dieron a la tarea de revisar varias piezas automatices, logrando localizar entre la chatarra la estructura de un vehículo Volks Wagen de la línea Golf modelo 1985 con número de serie 1 VWFA0172V059370 que resultó con reporte de robo desde el pasado mes de agosto del 2010.

El encargado del negocio de nombre Nicolás Viezcas Valles de 41 años de edad no pudo comprobar la legal procedencia. Por lo que fue detenido y trasladado al Complejo Estatal de Seguridad para su posterior consignación ante la autoridad correspondiente y deslindar responsabilidades.

Con estas acciones la Policía Estatal Única refrenda su compromiso de proteger y servir a la sociedad y exhorta a la comunidad a denunciar cualquier delito o actividad sospechosa a los teléfonos 066 emergencias y 089 denuncia anónima.

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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