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Chihuahua

Comisión de Justicia sería el encargado de evaluar posible sentencia del SCJN

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El tema de la jurisprudencia marcada por las 5 sentencias en favor del matrimonio igualitario pone al Congreso del Estado de Chihuahua en el diálogo sobre los principios que marca la Constitución Mexicana.
Cuando hablamos de jurisprudencia, entendemos el sentido en que se debe interpretar una ley, explicó la diputada Blanca Gámez, en este caso, la Constitución marca en el artículo 107 que cuando el Poder Judicial de la Federación establezca jurisprudencia, por tener más de 5 sentencias en el mismo sentido, en la que se determine la inconstitucionalidad de una norma general, la Suprema Corte de Justicia de la Nación lo notificará a la autoridad emisora, para que atienda a la sentencia en un plazo no mayor a los 90 días.
Actualmente la Suprema Corte de Justicia aún no notifica formalmente al Congreso del Estado sobre la inconstitucionalidad de los artículos 134 y 135 del mencionado código, informó la presidenta del Congreso. Al momento de recibirse, el tema será atendido por la Comisión de Justicia y quienes la integran evaluarán el sentido de la sentencia.
Una sentencia de la Suprema Corte de Justicia no implica una invasión del poder judicial sobre el legislativo, ya que esta instancia judicial lo que exige es el cumplimiento de la Constitución Mexicana, máxima instancia normativa, que fue emitida por el mismo poder legislativo.
Más allá de los escenarios radicales que han confrontado el tema e incluso de los criterios personales que pudiéramos tener diversas personas, y de la imposibilidad del estado o de una persona para imponer a alguien más sus creencias personales, existe la necesidad de encontrar una figura jurídica, que podría ser las Sociedades de convivencia.

Chihuahua

Inicia temporada de caza deportiva en el estado de Chihuahua

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– La actividad es coordinada por el Departamento de Vida Silvestre, de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología

La Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología (SDUE) anunció el inicio de la temporada de caza deportiva, en predios o ranchos registrados como Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (UMA).

La actividad, también conocida como “turismo cinegético”, es coordinada por el Departamento de Vida Silvestre para contribuir a la conservación de la fauna silvestre a través del aprovechamiento sustentable e impulsar el desarrollo económico en el sector rural.

Este ejercicio asentado legalmente en el territorio desde 1952, además promueve una reproducción y mejora en la genética, contribuye a la conservación de la fauna y proporciona experiencias a los cazadores

Desde 2005 se cuenta con un convenio de asunción de funciones en materia de vida silvestre, firmado con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), mediante el cual se descentralizaron 20 trámites que anteriormente atendía el Gobierno Federal.

Entre esos trámites se encuentra la solicitud de “Autorización de Aprovechamiento Extractivo de Ejemplares, Partes o Derivados”, actividad sustentada en el la Ley General de Vida Silvestre y su Reglamento, misma que lo maneja y aplica como Aprovechamiento Extractivo.

Las especies de valor cinegético que se permite aprovechar en Chihuahua son: venado cola blanca, venado bura, coyote, puma o león de montaña, pecarí de collar, conejo, liebre, codorniz, guajolote silvestre, palomas, aves acuáticas migratorias como gansos, patos, gallaretas y grulla gris, además del jabalí europeo y borrego berberisco.

Para ser avalado el aprovechamiento, el interesado debe cumplir con requisitos precisos con base en el Reglamento de la Ley, que incluyen el contar con un predio registrado como UMA y tener un Plan de Manejo elaborado por un responsable técnico registrado, ante la Dirección General de Vida Silvestre.

En dicho Plan debe señalar qué especies va a aprovechar, solicitar la tasa de aprovechamiento con base en un censo de población de las especies de interés y que estas sean silvestres que se distribuyen de manera natural en el país.

Los interesados deben demostrar que las tasas solicitadas sean menores a la de renovación natural de las poblaciones sujetas a aprovechamiento, en el caso de ejemplares de especies silvestres en vida libre y que no tendrá efectos negativos sobre las poblaciones.

De acuerdo con el número de ejemplares autorizados, se realiza el pago de derechos en Recaudación de Rentas por el concepto de “cintillos de cobro cinegético”, que se fijará al animal aprovechado.

El “cintillo” es un sistema de marca foliado que contiene los datos de la UMA, número de registro, especie autorizada, número de posesión, municipio donde se ubica la UMA y temporada de aprovechamiento, para acreditar su legal procedencia.

A la fecha se cuenta con aproximadamente 250 UMA activas en la entidad, algunas de ellas brindan servicios cinegéticos desde el transporte aeropuertos- ranchos, cocineros, hospedaje, guías, trofeos y los trámites de exportación de las especies.

En el caso de la especie de Borrego Cimarrón, se cuenta con un Programa del Gobierno del Estado que se lleva a cabo en convenios con algunas UMA, con la finalidad de asegurar la correcta conservación y manejo de estos ejemplares.

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