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Chihuahua

Concluyen grupos étnicos análisis para creación de modelo educativo indígena

  • Tras concluir las “Jornadas hacia una Política Lingüística del Estado de Chihuahua”, se establece una propuesta concreta que es recibida para su análisis.

 

La Secretaría de Educación, Cultura y Deporte a través del Instituto Chihuahuense de la Cultura y la Unidad Regional Chihuahua de Culturas Populares, en coordinación con el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, el H. Congreso del Estado de Chihuahua, la Comisión Estatal de Derechos Humanos y otras instancias educativas, realizaron las “Jornadas hacia una Política Lingüística del Estado de Chihuahua” los días 28 y 29 de febrero, con la participación de los gobernadores representantes de los cuatro grupos étnicos principales del estado de Chihuahua: Pima, Guarijío, Tepehuan y  Tarahumara, quienes dentro de las conclusiones presentaron ante las autoridades gubernamentales una propuesta específica para la creación de un modelo educativo indígena.

En representación del Secretario de Educación, Cultura y Deporte, Lic. Jorge Mario Quintana Sylveira, participó el Doctor Carlos González Herrera, junto con autoridades educativas y de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, quienes recibieron y firmaron la propuesta con miras a su análisis y posterior desarrollo.

Las conclusiones del Encuentro fueron presentadas por la señora Rosalía Bacasewa, gobernadora del grupo Guarijío, quien en su lengua natal agradeció a las autoridades la oportunidad de analizar y presentar la propuesta que, en sus puntos principales, solicita la creación de un modelo educativo con un enfoque incluyente basada en el respeto a los usos y costumbres de cada pueblo.

Entre los puntos principales de la propuesta se solicita que los niños reciban educación primaria en idioma materno (indígena) hasta los diez años de edad; creación de material didáctico en su lengua, que se incluya en la curricula el idioma materno en secundaria y preparatoriaa al igual que el idioma inglés, establecer un centro de idiomas indígenas donde se preserven las lenguas maternas y la construcción de una Escuela Normal Indigena en Guachochi.

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Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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